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Fecha:
Acta No. 12 del 29 de octubre de 2024
Fecha:
Acta No. 11 del 24 de septiembre de 2024
Fecha:
Acta No. 10 del 18 de septiembre de 2024
Fecha:
Acta No. 09 del 17 de septiembre de 2024
Fecha:
Acta No. 08 del 04 de septiembre de 2024
Fecha:
Acta No. 07 del 03 de septiembre de 2024
Fecha:
Acta No.06 del 28 de agosto de 2024
Fecha:
Acta No. 05 del 27 de agosto de 2024
Fecha:
Acta No. 04 del 21 de agosto de 2024
Imprimir Proyecto De Ley
LEY NUCLEAR
Estado actual:
Título:
Por el cual se crea la Agencia Nacional de Seguridad Nuclear - ANSN y se establece el marco legislativo que regula las actividades que involucran el uso de las radiaciones ionizantes, los materiales nucleares y los materiales radiactivos en el territorio nacional
Autor:
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Comisión:
No. de proyecto:
Cámara: 466/2024C

Senado:
Legislatura:
Origen:
Fecha de radicación:
Cámara: 2024-12-16

Senado:
Objeto de proyecto: La presente ley tiene por objeto: 1. Establecer la ANSN con las funciones y responsabilidades enunciadas en la presente ley, para que ejerza el control regulatorio de los usos seguros y pacíficos de las tecnologías nucleares y de las radiaciones ionizantes. 2. Determinar la estructura institucional del sector, facilitando con ello el cumplimiento de las obligaciones establecidas en los instrumentos internacionales pertinentes que ha suscrito el Estado Colombiano. 3. Regular las instalaciones, actividades y prácticas relacionadas con los usos seguros y pacíficos de las tecnologías nucleares y de las radiaciones ionizantes, incluyendo sus aplicaciones en los campos de la salud, la industria, la agricultura, la investigación, el ambiente, la docencia, y aquellos otros en los que pudiera haber exposición a las radiaciones ionizantes. 4. Velar por la protección adecuada, presente y futura, de las personas y el ambiente contra los efectos nocivos de la radiación ionizante. 5. Promover la seguridad tecnológica y seguridad física de las instalaciones, actividades y prácticas relacionadas con la aplicación de tecnología nuclear y de las radiaciones ionizantes. 6. Fomentar la investigación y el desarrollo tecnológico, científico, económico, ambiental y social, y la innovación en el campo del uso seguro y pacífico de las tecnologías nucleares y de las radiaciones ionizantes en beneficio de todos los colombianos.
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