LENGUAJE DE SEÑAS
Estado
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Titulo
Por medio de la cual se establece la educación en Lengua de Señas Colombiana en todas las Instituciones Educativas y se dictan otras disposiciones
No. de Proyecto
Cámara
368/2024C
Senado
Autor
Origen
Cámara
Legislatura
2023 – 2024
Comisión(es)
Autores Representantes
Alirio Uribe Muñoz, Álvaro Leonel Rueda Caballero, Ana Paola García Soto, Andrés David Calle Aguas, Carlos Adolfo Ardila Espinosa, Carlos Felipe Quintero Ovalle, Duvalier Sánchez Arango, Hugo Alfonso Archila Suárez, Juan Carlos Wills Ospina, Juan Daniel Peñuela Calvache, Julián Peinado Ramírez, Karyme Adriana Cotes Martínez, María Fernanda Carrascal Rojas, Miguel Abraham Polo Polo, Óscar Hernán Sánchez León, Santiago Osorio Marín, Wilmer Yesid Guerrero Avendaño
Autores Senado
Autor(es)
Fecha de Radicación
Cámara
21/2/2024
Senado
-
Tipo de ley
Ley Ordinaria
Objeto del proyecto
La presente ley tiene por objeto incluir la Lengua de Señas Colombiana (LSC) como enseñanza obligatoria dentro del currículo del plan de estudios en la educación preescolar, media y básica de los colegios, y en las instituciones que ofrezcan educación de adultos, así como garantizar su enseñanza a los docentes de todos lo niveles educativos y a los funcionarios públicos, con el fin de promover la comunicación inclusiva y la igualdad de oportunidades para las personas sordas.
Observaciones
ARTICULO 190 LEY 5 DE 1992
Primer Debate Cámara
Ponentes
Publicaciones
- Ponencia Primer Debate:
Segundo Debate Cámara
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