- CONSULTA PREVIATítulo:Por el cual se regula el Derecho Fundamental a la Consulta Previa y se dictan otras disposicionesAutor: H.S. Luis Eduardo Diazgranados Torres, H.S. Carlos Abraham Jiménez, H.S. Daira Galvis Méndez, H.S. Ana Maria Castañeda Gómez, H.S. Antonio Luis Zabaraín Guevara, H.S. Fabian Gerardo Castillo Suarez, H.R. David Ernesto Pulido Novoa, H.R. Germán Varón Cotrino, H.R. Erwin Arias Betancur, H.R. César Augusto Lorduy Maldonado, H.R. Atilano Alonso Giraldo Arboleda, H.R. Mauricio Parodi Díaz, H.R. Oswaldo Arcos Benavides, H.R. Eloy Chichí Quintero Romero, H.R. Héctor Javier Vergara Sierra, H.R. José Gabriel Amar Sepúlveda, H.R. José Luis Pinedo Campo, H.R. Salim Villamil Quessep, H.R. Jorge Enrique Benedetti Martelo, H.R. Gustavo Hernán Puentes Díaz, H.R. Karina Estefanía Rojano Palacio, H.R. Ángela Patricia Sánchez Leal,Comisión: Comisión Primera Constitucional PermanenteNo. de proyecto:Cámara: 127/2021CSenado:Legislatura: 2021 - 2022Origen: CámaraFecha de radicación:Cámara: Julio 22 de 2021Senado:Tipo:Contenido:Ver documentoGaceta N 959 de 2021Objeto de proyecto: . La presente ley tiene por objeto garantizar el derecho fundamental a la Consulta Previa, regular su ejercicio, determinar su alcance y definir las responsabilidades y obligaciones de las partes intervinientes.Observaciones:
Archivado de conformidad con el artículo 162 C.P. en concordancia con el artículo 190 Ley 5ª de 1992, Junio 21 de 2022.
Primer debate cámara
PONENTES Coordinador(es):H.R. César Augusto Lorduy MaldonadoH.R. Hernán Gustavo Estupiñan CalvacheH.R. José Gustavo Padilla OrozcoH.R. Elbert Díaz LozanoH.R. Juanita María Goebertus EstradaH.R. Luis Alberto Albán UrbanoPublicacionesPonencia Primer Debate , Negativa HH.RR. Juanita María Goebertus Estrada y Luis Alberto Albán Urbano.Concepto del Ministerio de Educación Nacional