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REAJUSTE PENSIONAL SOLDADOS
Estado
Trámite en Comisión
Título
POR MEDIO DE LA CUAL SE REAJUSTAN LAS PENSIONES DE INVALIDEZ DE LOS SOLDADOS CUYA PENSIÓN SE LIQUIDA CON EL SUELDO BÁSICO DE UN CABO SEGUNDO O CABO TERCERO EN EL REGIMEN ESPECIAL Y EXCEPTUADO DE LAS FUERZAS MILITARES
No. de Proyecto
Cámara
135/2025C
Senado
Origen
Cámara
Legislatura
2025-2026
Fecha de Radicación
Cámara
30/7/2025
Senado
-
Tipo de ley
Ley Ordinaria
Objeto del proyecto
El presente Proyecto de Ley tiene como finalidad establecer un mecanismo de reajuste pensional justo, equitativo y técnicamente viable, aplicable a los soldados pensionados por invalidez, muerte o en calidad de beneficiarios sobrevivientes, cuya mesada ha sido tradicionalmente liquidada sobre la base del sueldo básico correspondiente al grado de Cabo Segundo o Cabo Tercero en el régimen especial y exceptuado de las Fuerzas Militares. Esta situación ha generado, en términos prácticos y jurídicos, una afectación estructural del principio de igualdad y una desprotección material del poder adquisitivo de estas pensiones, lo cual contradice los principios fundamentales del sistema de seguridad social, así como la doctrina constitucional vigente.
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