TARIFA DIFERENCIAL Y MINIMO VITAL
Título:
Por medio de la cual se crea la tarifa diferencial en el cobro del servicio público de energía eléctrica para aquellos departamentos donde operan las Centrales Hidroeléctricas y se establece la garantía del mínimo vital de Energía Eléctrica para los ciudadanos colombianos de los estratos socioeconómicos 1 y 2; y se modifica el artículo 11 de la Ley 143 de 1994
Comisión:
Comisión proyecto de ley
Comisión Sexta o de Transportes y Comunicaciones
No. de proyecto:
Cámara:
240/2023C
Senado:
Legislatura:
Periodo Legislativo
2023 - 2024
Origen:
Origen
Cámara
Fecha de radicación:
Cámara:
2023-09-19
Senado:
Tipo:
Tipo Ley
Ley Ordinaria
Objeto de proyecto:
Créese la tarifa diferencial en el servicio público domiciliario de energía eléctrica para los estratos socioeconómicos 1 y 2, en los departamentos que generan energía eléctrica a partir de centrales hidroeléctricas establecidas en su territorio; y establézcase el mínimo vital en el servicio público domiciliario de energía eléctrica para los ciudadanos colombianos de los estratos socioeconómicos 1 y 2, como garantía del derecho constitucional a la vida en condiciones dignas.
Observaciones: