- RESISTENCIA POPULARTítulo:Por medio de la cual se declara el 28 de abril como el día nacional de la resistencia popular y se dictan otras disposicionesAutor: H.S. Omar de Jesús Restrepo Correa, H.S. Julián Gallo Cubillos, H.S. Pablo Catatumbo Torres Victoria, H.S. Griselda Lobo Silva, H.S. Imelda Daza Cotes, H.R. Luis Alberto Albán Urbano, H.R. Carlos Alberto Carreño Marin, H.R. Jairo Reinaldo Cala Suárez, H.R. Pedro Baracutao García Ospina, H.R. Germán José Gómez López, H.R. Mary Anne Andrea Perdomo, H.R. Norman David Bañol Álvarez, H.R. José Alberto Tejada Echeverry, H.R. Jorge Hernán Bastidas Rosero,Comisión: Comisión Segunda o de Relaciones InternacionalesNo. de proyecto:Cámara: 121/2023CSenado:Legislatura: 2023 - 2024Origen: CámaraFecha de radicación:Cámara: Agosto 09 de 2023Senado:Tipo:Contenido:Ver documentoGaceta N 1081 de 2023Objeto de proyecto: Tiene por objeto establecer medidas para la conmemoración de los hechos ocurridos en el marco del denominado "estallido social" del año 2021 en Colombia; declarar el 28 de abril como Día Nacional de la Resistencia Popular y el Monumento a la Resistencia en Cali como Bien de Interés Cultural de la Nación, así como impulsar medidas para la reparación a la víctimas y la reconciliación.Observaciones:
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PONENTES Coordinador(es):H.R. Carmen Felisa Ramírez BoscánH.R. Mary Anne Andrea PerdomoPublicacionesPonencia Primer DebateComentarios Ministerio de Hacienda y Crédito Público