Autor:
H.R. Piedad Correal Rubiano,
H.R. Carlos Felipe Quintero Ovalle,
H.R. Jhoany Carlos Alberto Palacios Mosquera,
H.R. Álvaro Leonel Rueda caballero,
H.R. Hugo Alfonso Archila Suárez,
H.R. Julián Peinado Ramírez,
H.R. Luis Carlos Ochoa Tobón,
H.R. Alirio Uribe Muñoz,
H.R. Carlos Alberto Cuenca Chaux,
H.R. Andrés Felipe Jiménez Vargas,
H.R. Adriana Carolina Arbeláez Giraldo,
H.R. Christian Munir Garcés Aljure,
H.R. Juan Manuel Cortés Dueñas,
H.R. Luis Eduardo Díaz Mateus,
H.R. Juan Daniel Peñuela Calvache,
H.R. Juan Carlos Wills Ospina,
H.R. Carlos Felipe Quintero Ovalle,
H.R. Mónica Karina Bocanegra Pantoja,
H.R. Andrés David Calle Aguas,
H.R. Elizabeth Jay-Pang Díaz,
Objeto de proyecto:
La presente ley tiene por objeto establecer reglas especiales en el marco de las funciones administrativas y jurisdiccionales, en cabeza de las autoridades encargadas de la protección al consumidor, derivadas de las relaciones de consumo que surgen de la intermediación comercial de las que hacen parte las agencias de viajes, con la finalidad de brindar una adecuada protección a los usuarios, así como de definir obligaciones específicas de los intervinientes en la cadena de consumo, logrando equilibrio entre los actores descritos y habilitando la figura del llamamiento en garantía mediante la modificación del Código General del Proceso.
Observaciones:
RETIRADO ART.155 LEY 5ta DE 1992