- CONECTIVIDAD TERRESTRETítulo:POR LA CUAL SE DICTAN DISPOSICIONES PARA MEJORAR LA CONECTIVIDAD TERRESTRE DE LOS MUNICIPIOS DE CATEGORIAS 4ª, 5ª Y 6ª, A TRAVÉS DEL SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE TERRESTRE AUTOMOTOR DE PASAJEROS Y CARGA EN VEHÍCULOS CLASE MOTOCARROS Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONESAutor: H.S. Germán Alcides Blanco Álvarez, H.S. Alejandro Carlos Chacón Camargo, H.R. Andrés David Calle Aguas, H.R. Carlos Alberto Cuenca Chaux, H.R. Julio Roberto Salazar Pérdomo, H.R. John Jairo González Agudelo, H.R. Juan Pablo Salazar Rivera, H.R. Haiver Rincón Gutiérrez, H.R. Juan Carlos Vargas Soler, H.R. Elizabeth Jay-Pang Díaz, H.R. Luis Carlos Ochoa Tobón, H.R. Julián Peinado Ramírez,Comisión: Comisión Sexta o de Transportes y ComunicacionesNo. de proyecto:Cámara: 286/2022CSenado:Legislatura: 2022 - 2023Origen: CámaraFecha de radicación:Cámara: Noviembre 18 de 2022Senado:Tipo:Contenido:Ver documentoGaceta N 1474 de 2022Objeto de proyecto: La presente ley tiene por objeto regular la prestación del servicio público de transporte terrestre automotor de pasajeros y carga a libre destinación del usuario en vehículos motocarros y mejorar las condiciones de conectividad en transporte en los municipios de categorías 4ª, 5ª y 6ª. Así como el de servir de función social en aquellos municipios donde el transporte tradicional no sea efectivo y de difícil acceso.Observaciones:
ARCHIVADO ARTICULO 190 LEY 5ta DE 1992
Primer debate cámara
PONENTES Coordinador(es):H.R. Luis Carlos Ochoa TobónPublicacionesPonencia Primer Debate PositivaTexto Definitivo ComisiónSegundo debate cámara
PONENTES Coordinador(es):H.R. Luis Carlos Ochoa TobónPublicacionesPonencia Segundo Debate