ENERGÍA SOSTENIBLE
Título:
"POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA EL PARÁGRAFO 2° DEL ARTÍCULO 2° DEL ACTO LEGISLATIVO 005 DE 2011"
Autor:
H.R.Eduardo Agatón Díaz Granados Abadia
,
H.R.Eduardo Alfonso Crissien Borrero
,
H.R.Juan Felipe Lemos Uribe
,
H.R.José Bernardo Flórez Asprilla
,
H.R.Rafael Eduardo Palau Salazar
,
H.R.Albeiro Vanegas Osorio
,
H.R.Didier Burgos Ramírez
,
H.R.Martha Patricia Villalba Hodwalker
,
H.R.Elda Lucy Contento Sanz
,
H.R.León Darío Ramírez Valencia
,
H.R.Jaime Buenahora Febres
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Comisión:
Comisión proyecto de ley
Comisión Primera Constitucional Permanente
No. de proyecto:
Cámara:
155/2017C
Senado:
Legislatura:
Periodo Legislativo
2017 - 2018
Origen:
Origen
Cámara
Fecha de radicación:
Cámara:
2017-09-14
Senado:
Tipo:
Tipo Ley
Acto Legislativo
Objeto de proyecto:
En esa perspectiva, esta propuesta de acto legislativo tiene como principales propósitos, los siguientes:
¿ Facilitar a los departamentos, municipios y distritos, contar con recursos de financiación para programas y/o proyectos para el desarrollo y utilización de las Fuentes No Convencionales de Energía Renovable (FNCER) aprovechando su disponibilidad, la condición de ser ambientalmente sostenibles y facilitando su comercialización.
¿ Realizar un aporte muy significativo al país en el propósito cumplir los compromisos asumidos internacionalmente en materia de desarrollo sostenible y cambio climático.
¿ Priorizar recursos para atender con energía renovable uno de los problemas más importantes que tienen las regiones, especialmente el sector rural, como es el déficit de energía, factor clave de la calidad de vida y en la generación de oportunidades de desarrollo económico y competitividad.
¿ Racionalizar el uso de los recursos de regalías orientando su aplicación en un factor altamente estratégico del país y prevenir así la dispersión en la atención de múltiples problemas sin resultados significativos, lo cual ha suscitado críticas e investigaciones fiscales, por el bajo impacto de estos recursos especialmente en el sector de ciencia, tecnología e innovación de los departamentos, municipios y distritos.
Observaciones:
ARCHIVADO ART. 224 Y 225 DE LA LEY 5ª DE 1992.
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Primera
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