DISTRITO PUERTO COLOMBIA
Título:
Por el cual se modifican los artículos 328 y 356 de la Constitución Política otorgándole la categoría de Distrito Turístico, Cultural e Histórico al municipio de Puerto Colombia en el Departamento del Atlántico
Autor:
H.S.Armando Alberto Benedetti Villaneda
,
H.S.Mauricio Gómez Amín
,
H.S.Luis Eduardo Diazgranados Torres
,
H.S.Efraín José Cepeda Sarabia
H.R.Martha Patricia Villalba Hodwalker
,
H.R.César Augusto Lorduy Maldonado
,
H.R.Alfredo Rafael Deluque Zuleta
,
H.R.Karina Estefanía Rojano Palacio
,
H.R.Modesto Enrique Aguilera Vides
,
H.R.José Gabriel Amar Sepúlveda
,
H.R.Armando Antonio Zabaraín de Arce
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Comisión:
Comisión proyecto de ley
Comisión Primera Constitucional Permanente
No. de proyecto:
Cámara:
429/2022C
Senado:
Legislatura:
Periodo Legislativo
2021 - 2022
Origen:
Origen
Cámara
Fecha de radicación:
Cámara:
2022-02-28
Senado:
Tipo:
Tipo Ley
Acto Legislativo
Objeto de proyecto:
El presente proyecto de Acto Legislativo tiene como objeto, otorgar al municipio de Puerto Colombia, Atlántico, la categoría de Distrito Turístico, Cultural e Histórico, modificando los artículos 328 y 356 de la constitución Política de Colombia, en virtud al artículo 114 Superior, respondiendo a la necesidad plasmada por los autores del proyecto en la cual sustenta el innegable pasado como núcleo de desarrollo portuario y comercial, que precisamente por esto la importancia que a futuro tendrá para el país y en especial para el departamento del Atlántico, la región de la costa norte, y en particular el municipio de Puerto Colombia con su potencial turístico, cultural e histórico, su conexión costera y una rica historia cultural y artística que hace de este territorio uno de los municipios colombianos con mayor proyección en la dinámica de las relaciones interculturales como lo demuestra su historia, circunstancia que sin duda garantizará la gestión de planificación, regulación y transformación de la Administración Municipal.
Observaciones:
Archivado de conformidad con el artículo 162 C.P. en concordancia con el artículo 190 Ley 5ª de 1992, Junio 21 de 2022.