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SALUD MENTAL

Estado

Tramite objeciones presidenciales

Titulo

Por medio del cual se crean medidas de sensibilización, visibilización, prevención, protección, atención frente a la salud mental y la violencia del entorno digital en los niños, niñas y adolescentes, se modifican y adicionan los artículos 3°, 30°, 31° de la Ley 1616 de 2013 y se dictan otras disposiciones

No. de Proyecto

Cámara

359/2024C

Senado

162/2023S

Autor

Origen

Senado

Legislatura

2024 – 2025
Autores Senado
Diela Liliana Solarte Benavides, Efraín José Cepeda Sarabia, José Alfredo Marín Lozano, Liliana Esther Bitar Castilla, Marcos Daniel Pineda García, Mauricio Gómez Amín, Oscar Barreto Quiroga, Oscar Mauricio Giraldo Hernández
Autor(es)
Fecha de Radicación
Cámara
30/9/2024
Senado
26/9/2023
Tipo de ley
Ley Ordinaria
Objeto del proyecto
La presente ley tiene por objeto crear medidas de sensibilización, prevención, protección y atención frente a la salud mental en el entorno digital ante hechos de violencia, las cuales se constituyan como una garantía para salvaguardar los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes en el ordenamiento jurídico interno y brindar políticas públicas esenciales que cumplan con su correcta materialización.
Observaciones
OBJETADO POR INCONSTITUCIONALIDAD E INCOVENIENCIA
Publicaciones
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Ponentes
  • Nadia Georgette Blel Scaff
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Coordinador(es)
  • Nadia Georgette Blel Scaff
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