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PROTECCIÓN NIÑOS
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Por la cual se regulan las responsabilidades establecidas en el ARTÍCULO 47 de la Ley 1098 de 2006 para el reconocimiento, garantía y protección de los derechos de la niñez, la infancia y la adolescencia y se adoptan medidas preventivas para evitar la vulneración de sus derechos.
Autor: Ministra de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones - Karen Abudinen Abuchaibe
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Comisión: Comisión proyecto de ley Comisión Primera Constitucional Permanente
No. de proyecto:
Cámara: 600/2021C

Senado:
Legislatura: Periodo Legislativo 2020 - 2021
Origen: Origen Cámara
Fecha de radicación:
Cámara: 2021-04-23

Senado:
Tipo: Tipo Ley Ley Ordinaria
Objeto de proyecto: La presente ley tiene por objeto regular las responsabilidades especiales de los medios de comunicación frente a los derechos de la niñez, la infancia y la adolescencia, de conformidad con lo establecido por los numerales 5, 6, 7 y 8 del artículo 47 de la Ley 1098 de 2006, mediante la adopción de mecanismos de prevención para que no se generen contenidos que atenten contra sus derechos De igual forma, se establece el régimen de sanciones e infracciones con el fin de establecer medidas técnicas y administrativas destinadas a prevenir conductas que atenten contra los derechos de los menores de edad y establecer el régimen de sanciones e infracciones aplicable, en caso de existir una vulneración de las disposiciones aquí previstas
Observaciones:

ARCHIVADO- Art 190 ley 5ta/92

Primer debate cámara

Publicaciones
Observaciones Comisión de Regulación de Comunicaciones
Ponencia Primer Debate , Mayoritaria
Ponencia Primer Debate Negativa, HH.RR. Juanita Goebertus,Angela Robledo y Luis Albán
Acta y Fecha de aprobación Comisión , Acta No.50, Mayo 31 de 2021
Audiencia Pública: Agosto 09 de 2021

Segundo debate cámara

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