- NATURISMOTítulo:Por la cual se dicta la Ley Marco de Naturismo tendiente a promover la investigación, divulgación, uso, transformación, acondicionamiento y acceso a las propiedades de recursos naturales y se establecen las categorías que facilitan su manejo y usoAutor: H.S. Edwing Fabián Díaz Plata, H.R. Juan Carlos Lozada Vargas, H.R. Pedro José Súarez Vacca, H.R. Wilder Iberson Escobar Ortiz, H.R. Erick Adrián Velasco Burbano, H.R. Andrés David Calle Aguas, H.R. Santiago Osorio Marín, H.R. Alejandro García Ríos, H.R. Daniel Carvalho Mejía, H.R. Mary Anne Andrea Perdomo, H.R. Jennifer Dalley Pedraza Sandoval, H.R. Olga Beatriz González Correa, H.R. Álvaro Leonel Rueda caballero,Comisión: Comisión Quinta Constitucional PermanenteNo. de proyecto:Cámara: 008/2023CSenado:Legislatura: 2023 - 2024Origen: CámaraFecha de radicación:Cámara: Julio 20 de 2023Senado:Tipo:Contenido:Ver documentoGaceta N 931 de 2023Objeto de proyecto: La presente ley tiene como objeto reconocer y promover la investigación, divulgación, uso, transformación, acondicionamiento y acceso a los productos, preparaciones y mezclas a base de recursos naturales renovables y establecer las categorías que faciliten su manejo y utilización, dentro de un marco que proteja la conservación de la diversidad y priorice su relación con la salud.Observaciones:
RETIRADO ART.155 LEY 5ta DE 1992
Primer debate cámara
PONENTES Coordinador(es):H.R. José Octavio Cardona LeónPublicaciones