- LEY DE TAUROMAQUIATítulo:Por medio de la cual se designa a las autoridades territoriales para que definan sobre la realización de las prácticas taurinas en su territorio y se dictan otras disposicionesAutor: H.S. Efraín José Cepeda Sarabia, H.R. Juan Daniel Peñuela Calvache, H.R. Armando Antonio Zabaraín de Arce, H.R. Andrés Felipe Jiménez Vargas, H.R. Ruth Amelia Caycedo Rosero, H.R. Juan Carlos Wills Ospina, H.R. Alfredo Ape Cuello Baute, H.R. Héctor Mauricio Cuéllar Pinzón,Comisión: Comisión Primera Constitucional PermanenteNo. de proyecto:Cámara: 155/2022CSenado:Legislatura: 2022 - 2023Origen: CámaraFecha de radicación:Cámara: Agosto 24 de 2022Senado:Tipo:Contenido:Ver documentoGaceta N 1020 de 2022Objeto de proyecto: El presente proyecto de ley tiene como propósito designar a las autoridades territoriales para que, a partir de los principios de autonomía territorial y participación democrática, definan dentro de su jurisdicción y, a través de los mecanismos de participación democrática previstos en la Ley, la viabilidad de realizar las corridas de toros como una expresión local de la cultura. Ello con la finalidad de garantizar el mandato previsto en el artículo 2° de la Constitución que corresponde a facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la NaciónObservaciones:
ARCHIVADO ART. 190 LEY 5ta DE 1992
Primer debate cámara
PONENTES Coordinador(es):H.R. Juan Daniel Peñuela CalvachePublicacionesPonencia Primer Debate