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DECLARACIÓN PÚBLICA DE INTERESES DE CONGRESISTAS
Estado
Trámite en Comisión
Título
Por el cual se modifican los artículos 180, 182, 183 y 346 de la Constitución Política, se establece el régimen de declaración pública de intereses de los congresistas y se dictan otras disposiciones
No. de Proyecto
Cámara
447/2026C
Senado
—
Origen
Cámara
Legislatura
2026-2027
Fecha de Radicación
Cámara
15/10/2026
Senado
-
Tipo de ley
Acto Legislativo
Objeto del proyecto
El proyecto modifica los artículos 180, 182, 183 y 346 de la Constitución Política con el propósito de precisar el alcance del régimen de conflicto de intereses de los congresistas e incorporar un deber diferenciado de declaración pública. Para tal efecto, distingue entre el conflicto de intereses que exige el apartamiento del congresista cuando exista un beneficio particular y determinado y aquellas relaciones económicas, sectoriales, sociales, regionales o derivadas de la financiación electoral que, sin configurar por sí mismas un conflicto de intereses, deben ser declaradas y sometidas a publicidad. La reforma complementa así el régimen de impedimentos con un mecanismo que permite hacer visibles los intereses relevantes para el ejercicio de la función parlamentaria, sin atribuirles automáticamente los efectos propios del conflicto de intereses.
Observaciones
CARTA DE RETIRO DEL H.R. GERMAN R. ROZO. GACETA 1605/2026 https://svrpubindc.imprenta.gov.co/senado/
Coordinador(es)
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