VEHÍCULOS DE TRACCIÓN ANIMAL
Título:
POR MEDIO DE LA CUAL SE MODIFÍCA EL ARTÍCULO 98 DE LA LEY 769 DE 2002, SE ESTABLECEN MEDIDAS PARA LA SUSTITUCIÓN DE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN ANIMAL EN EL TERRITORIO NACIONAL Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES
Autor:
H.S.Richard Alfonso Aguilar Villa
,
H.S.Fabian Gerardo Castillo Suarez
,
H.S.Antonio Luis Zabaraín Guevara
,
H.S.Daira Galvis Méndez
H.R.Oswaldo Arcos Benavides
,
H.R.Ángela Patricia Sánchez Leal
,
H.R.José Daniel López Jiménez
,
H.R.Jairo Humberto Cristo Correa
,
H.R.Modesto Enrique Aguilera Vides
,
H.R.Eloy Chichí Quintero Romero
,
H.R.Atilano Alonso Giraldo Arboleda
,
H.R.Héctor Javier Vergara Sierra
,
H.R.Aquileo Medina Arteaga
,
H.R.Oscar Camilo Arango Cardenas
,
H.R.Ciro Fernández Núñez
Ver más
Comisión:
Comisión proyecto de ley
Comisión Sexta o de Transportes y Comunicaciones
No. de proyecto:
Cámara:
238/2018C
Senado:
Legislatura:
Periodo Legislativo
2018 - 2019
Origen:
Origen
Cámara
Fecha de radicación:
Cámara:
2018-10-30
Senado:
Tipo:
Tipo Ley
Ley Ordinaria
Objeto de proyecto:
La presente ley tiene por objeto modificar el artículo 98 de la Ley 769 de 2002 y crear una normatividad tendiente a establecer parámetros para la sustitución de vehículos de tracción animal, como acción de seguridad vial, un plan específico de mejoramiento de tránsito y medidas que propenden por el bienestar de los equinos y mulares que son utilizados para este fin, así como a ofrecer garantías para que las personas que derivan el sustento de este tipo de vehículos puedan acceder a programas de reconversión socio-laboral.
Observaciones:
ARCHIVADO ART 190 DE LA LEY 5ª DE 1992