TARIFA DIFERENCIAL Y MINIMO VITAL
Estado
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Titulo
Por medio de la cual se crea la tarifa diferencial en el cobro del servicio público de energía eléctrica para aquellos departamentos donde operan las Centrales Hidroeléctricas y se establece la garantía del mínimo vital de Energía Eléctrica para los ciudadanos colombianos de los estratos socioeconómicos 1 y 2; y se modifica el artículo 11 de la Ley 143 de 1994
No. de Proyecto
Cámara
240/2023C
Senado
Autor
Origen
Cámara
Legislatura
2023 – 2024
Comisión(es)
Fecha de Radicación
Cámara
19/9/2023
Senado
-
Tipo de ley
Ley Ordinaria
Objeto del proyecto
Créese la tarifa diferencial en el servicio público domiciliario de energía eléctrica para los estratos socioeconómicos 1 y 2, en los departamentos que generan energía eléctrica a partir de centrales hidroeléctricas establecidas en su territorio; y establézcase el mínimo vital en el servicio público domiciliario de energía eléctrica para los ciudadanos colombianos de los estratos socioeconómicos 1 y 2, como garantía del derecho constitucional a la vida en condiciones dignas.
Observaciones
ARCHIVADO ART. 190 LEY 5ta DE 1992
Primer Debate Cámara
Ponentes