SALUD MENTAL
Título:
Por medio del cual se reconocen hasta tres días libres remunerados por afectaciones de salud mental que ocasionen un bajo desempeño en las funciones laborales
Autor:
H.R.Fernando David Niño Mendoza
,
H.R.Andrés Guillermo Montes Celedón
,
H.R.Jorge Alexander Quevedo Herrera
,
H.R.Ángela María Vergara González
Ver más
Comisión:
Comisión proyecto de ley
Comisión Séptima Constitucional Permanente
No. de proyecto:
Cámara:
382/2023C
Senado:
Legislatura:
Periodo Legislativo
2022 - 2023
Origen:
Origen
Cámara
Fecha de radicación:
Cámara:
2023-03-28
Senado:
Tipo:
Tipo Ley
Ley Ordinaria
Objeto de proyecto:
La presente Ley tiene por objeto reconocer la salud mental como un aspecto fundamental en el diario vivir de cada individuo, cuyo desequilibrio puede afectar, entre otros, al ámbito laboral, por lo que se establece un término de uno a tres días libres remunerados, en todos los casos en que la persona sufra de una afectación mental con repercusiones en el cumplimiento de sus funciones laborales.
Observaciones:
ARCHIVADO ART. 190 LEY 5ta DE 1992
Primer debate cámara
Publicaciones