SALUD MENTAL
Título:
Por medio del cual se crean medidas de sensibilización, visibilización, prevención, protección, atención frente a la salud mental y la violencia del entorno digital en los niños, niñas y adolescentes, se modifican y adicionan los artículos 3°, 30°, 31° de la Ley 1616 de 2013 y se dictan otras disposiciones
Autor:
H.S.Liliana Esther Bitar Castilla
,
H.S.Diela Liliana Solarte Benavides
,
H.S.Oscar Mauricio Giraldo Hernández
,
H.S.José Alfredo Marín Lozano
,
H.S.Marcos Daniel Pineda García
,
H.S.Efraín José Cepeda Sarabia
,
H.S.Oscar Barreto Quiroga
,
H.S.Mauricio Gómez Amín
H.R.José Jaime Uscátegui Pastrana
,
H.R.Ingrid Marlen Sogamoso Alfonso
,
H.R.Luis Miguel López Aristizábal
,
H.R.Andrés Felipe Jiménez Vargas
,
H.R.Juliana Aray Franco
,
H.R.Luis David Súarez Chadid
,
H.R.Héctor Mauricio Cuéllar Pinzón
,
H.R.Julio Roberto Salazar Pérdomo
,
H.R.Alfredo Ape Cuello Baute
,
H.R.Libardo Cruz Casado
,
H.R.Nicolás Antonio Barguil Cubillos
,
H.R.Ángela María Vergara González
,
H.R.Juan Daniel Peñuela Calvache
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Comisión:
Comisión proyecto de ley
Comisión Séptima Constitucional Permanente
No. de proyecto:
Cámara:
359/2024C
Senado:
162/2023S
Legislatura:
Periodo Legislativo
2024 - 2025
Origen:
Origen
Senado
Fecha de radicación:
Cámara:
2024-09-30
Senado:
2023-09-26
Tipo:
Tipo Ley
Ley Ordinaria
Objeto de proyecto:
La presente ley tiene por objeto crear medidas de sensibilización, prevención, protección y atención frente a la salud mental en el entorno digital ante hechos de violencia, las cuales se constituyan como una garantía para salvaguardar los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes en el ordenamiento jurídico interno y brindar políticas públicas esenciales que cumplan con su correcta materialización.
Observaciones: