RECICLADORES
Título:
POR MEDIO DE LA CUAL SE ADICIONA EL DECRETO 1077 DE 2015”
(RECICLADORES
Comisión:
Comisión proyecto de ley
Comisión Quinta Constitucional Permanente
No. de proyecto:
Cámara:
319/2019C
Senado:
Legislatura:
Periodo Legislativo
2018 - 2019
Origen:
Origen
Cámara
Fecha de radicación:
Cámara:
0019-02-27
Senado:
Tipo:
Tipo Ley
Ley Ordinaria
Objeto de proyecto:
Mediante la presente ley se busca adicionar un numeral y adicionar tres parágrafos al artículo 2.3.2.5.5.1 del Decreto 1077 de 2015 Responsabilidad de los entes territoriales.
El numeral 3 tiene que ver con la obligación a los entes territoriales de suministrar dotación a los recicladores de oficio, que les permita la optimización de su labor y les brinde un mínimo de seguridad para el ejercicio del mismo.
La adición al parágrafo 1 establece que las entidades territoriales y el gobierno nacional podrán realizar convenios para brindar el apoyo necesario a los recicladores de oficio.
El parágrafo 3 pretende garantizar que la operación del servicio de aprovechamiento esté orientado a organizaciones compuestas en un 100% por población recicladora de oficio.
Y el parágrafo 4 orienta que en las licitaciones de los esquemas de aseo deberá dedicarse siempre un aparte que regule la relación entre los servicios de barrido recolección y limpieza y el servicio de aprovechamiento.
Estas disposiciones permitirán que se garantice el trabajo decente de los recicladores de oficio, con el propósito que su labor sea dignificada y puedan acceder a beneficios del Estado para formalizar y tecnificar su actividad.
Observaciones:
ARCHIVADO ART 190 DE LA LEY 5ª DE 1992