INMOBILIARIAS
Título:
POR MEDIO DE LA CUAL SE MODIFICAN Y ADICIONAN LOS ARTÍCULOS 16, 24, 28, 33 Y 34 DE LA LEY 820 DE 2003, SE CREA EL REGISTRO ÚNICO DE ADMINISTRADORES DE BIENES INMUEBLES DESTINADOS A VIVIENDA URBANA -RABI- Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES
Comisión:
Comisión proyecto de ley
Comisión Primera Constitucional Permanente
No. de proyecto:
Cámara:
138/2019C
Senado:
Legislatura:
Periodo Legislativo
2019 - 2020
Origen:
Origen
Cámara
Fecha de radicación:
Cámara:
2019-08-13
Senado:
Tipo:
Tipo Ley
Ley Ordinaria
Objeto de proyecto:
La presente ley tiene por objeto modificar los artículos 16, 24, 28, 33 y 34 de la Ley 820 de 2003, referentes a la prohibición de depósitos y similares, a las personas dedicadas a ejercer la actividad de arrendamiento de bienes inmuebles destinados a vivienda, a la inspección, control y vigilancia en materia de arrendamientos de vivienda urbana y a las sanciones que se pueden imponer en esta materia; así como, crear el Registro Único de Administradores de Bienes Inmuebles destinados a Vivienda Urbana -RABI-; y dictar otras disposiciones
Observaciones:
RETIRADO ART. 155 DE LA LEY 5ª DE 1992. AGOSTO 26 DE 2019