- VIVENDAS ABIERTASTítulo:Por la cual se crea la política pública de Viviendas Abiertas para garantizar el acceso a espacios de pernoctación y acompañamiento a los habitantes de calle, y se dictan otras disposiciones.Autor: H.R. Fabián Díaz Plata,Comisión: Comisión Séptima Constitucional PermanenteNo. de proyecto:Cámara: 187/2021CSenado:Legislatura: 2021 - 2022Origen: CámaraFecha de radicación:Cámara: Agosto 03 de 2021Senado:Tipo:Contenido:Ver documentoObjeto de proyecto: El objeto de la presente ley es promocionar el desarrollo del Programa Nacional de Vivienda Abierta para Habitantes de y en Calle en desarrollo del objetivo especifico de Desarrollo Humano Integral contenido en la Política Pública Social para Habitante de Calle, contribuyendo al desarrollo del proyecto de vida, ya sea que desee mantener su habitabilidad en calle o desee salir de ella.Observaciones:
ARCHIVADO- Art 190 ley 5ta/92
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PONENTES Coordinador(es):H.R. Jairo Reinaldo Cala SuárezPublicacionesMinisterio de ViviendaPonencia Primer DebateConcepto DPS