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  • REFORMA SOLIDARIA
    Estado actual:Archivado
    Título:
    Por la cual se dictan disposiciones para ampliar la cobertura de la educación para los jóvenes, la protección del empleo formal, se promueve la eliminación de la pobreza monetaria extrema, se desarrolla el principio de austeridad del Estado y se dictan otras disposiciones
    Autor: H.S. Fernando Nicolás Araújo Rumié, H.S. Edgar Enrique Palacio Mizrahi, H.S. Miguel Angel Barreto Castillo, H.S. Maria del Rosario Guerra de la Espriella, H.S. Ciro Alejandro Ramírez Cortes, H.S. Paloma Susana Valencia Laserna, H.S. Alejandro Corrales Escobar, H.S. Nicolas Perez Vasquez, H.R. Jorge Enrique Burgos Lugo, H.R. Franklin Del Cristo Lozano De La Ossa, H.R. Alonso José del Rio Cabarcas, H.R. Nicolás Albeiro Echeverry Alvarán, H.R. Martha Patricia Villalba Hodwalker, H.R. Christian José Moreno Villamizar, H.R. Alejandro Carlos Chacón Camargo, H.R. Edwin Gilberto Ballesteros Archila, H.R. Christian Munir Garcés Aljure, H.R. John Jairo Bermúdez Garcés, H.R. Edwin Alberto Valdés Rodríguez, H.R. Margarita María Restrepo Arango, H.R. Hernán Humberto Garzón Rodríguez, H.R. Esteban Quintero Cardona, H.R. Juan David Velez Trujillo,
    Comisión: Comisión Tercera o de Hacienda y Crédito Público
    No. de proyecto:
    Cámara: 635/2021C

    Senado:
    Legislatura: 2020 - 2021
    Origen: Cámara
    Fecha de radicación:
    Cámara: Junio 13 de 2021

    Senado:
    Tipo:
    Contenido:
    Ver documento
    Objeto de proyecto: La presente ley tiene por objeto ampliar la cobertura de programas sociales en educación con gratuidad focalizada, fomentar la contratación laboral formal de jóvenes, garantizar la protección del empleo formal, incrementar la solidaridad para el adulto mayor, eliminar la pobreza extrema, contribuir a la reducción de la pobreza monetaria y establecer medidas para la austeridad del gasto público y la redefinición de la regla fiscal.
    Observaciones:

    Archivado, de conformidad al Articulo 190 de la Ley 5° de 1992 y en concordancia con lo perceptuado en el Art 375 de la Constitucion Politica.

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