Pasar al contenido principal
  • OBJECION DE CONCIENCIA
    Estado actual:Archivado
    Título:
    Por medio de la cal se desarrolla el Derecho Fundamental a la objeción de conciencia consagrado en el artículo 18 de la Constitución Política
    Autor: H.S. Maria del Rosario Guerra de la Espriella, H.S. Esperanza Andrade de Osso, H.R. Juan Fernando Espinal Ramírez,
    Comisión: Comisión Primera Constitucional Permanente
    No. de proyecto:
    Cámara: 112/2021C

    Senado: 322/2022
    Legislatura: 2021 - 2022
    Origen: Cámara
    Fecha de radicación:
    Cámara: Julio 21 de 2021

    Senado:
    Tipo:
    Contenido:
    Ver documento
    Gaceta N 958 de 2021
    Objeto de proyecto: La presente ley tiene por objeto desarrollar el derecho fundamental a la objeción de conciencia consagrado en el artículo 18 de la Constitución Política y establecer disposiciones especiales con respecto a su procedencia en el área de la salud y otros servicios, sin perjuicio de otras situaciones en las que pueda configurarse.
    Observaciones:

    Archivado. Articulo 208 de la Ley 5 de 1992

    Primer debate cámara

    PONENTES Coordinador(es):
    H.R. Juan Manuel Daza Iguarán
    Publicaciones
    Ponencia Primer Debate
    Gacata N 1184 de 2021 Documento
    Acta y Fecha de anuncio Comisión , Acta No.28, Noviembre 09 de 2021.
    Acta y Fecha de aprobación Comisión , Acta No.29, Noviembre 16 de 2021.
    Texto aprobado en comisión

    Segundo debate cámara

    PONENTES Coordinador(es):
    H.R. Juan Manuel Daza Iguarán
    Publicaciones
    Ponencia Segundo Debate
    Gaceta N 1743 de 2021 Documento
    Acta y fecha de anuncio Plenaria Acta 292 Fecha 15/12/21
    Acta y Fecha de aprobación Plenaria Acta 293 Fecha 16/12/21
    Texto Definitivo Plenaria
    Gaceta N 051 de 2022
Opciones de
accesibilidad
Tamaño de texto