Autor:
H.S. Gustavo Petro Urrego,
H.S. Jorge Eduardo Londoño Ulloa,
H.S. Antonio sanguino Páez,
H.S. Alexánder López Maya,
H.S. Guillermo García Realpe,
H.S. Victoria Sandino Simanca Herrera,
H.S. Wilson Arias Castillo,
H.S. Leonidas Name Iván,
H.S. Feliciano valencia medina,
H.S. Julián Gallo Cubillos,
H.S. Aida Yolanda Avella Esquivel,
H.S. Pablo Catatumbo Torres Victoria,
H.S. Iván Cepeda Castro,
H.R. León Fredy Muñoz Lopera,
H.R. María José Pizarro Rodríguez,
H.R. Wilmer Leal Pérez,
H.R. Fabián Díaz Plata,
H.R. César Augusto Ortiz Zorro,
H.R. David Ricardo Racero Mayorca,
H.R. Abel David Jaramillo Largo,
H.R. Carlos Alberto Carreño Marín,
H.R. Luis Alberto Albán Urbano,
Objeto de proyecto:
Garantizar mínimo de acceso a internet a través de la red fija residencial, acorde a las tecnologías desplegadas y conforme a los principios orientadores de la ley 1341 de 2009 y la ley 1978 de 2019, de la sociedad de la información y del conocimiento. Promoviendo el acceso a los bienes colectivos del Estado para facilitar el acceso a trámites y servicios, la generación de aptitudes digitales en los ciudadanos, fomentando la calidad para maximizar el bienestar social de la población en un marco de equidad que posibilite el desarrollo y la competitividad del sector de las telecomunicaciones.
Observaciones:
ARCHIVADO- Art 190 ley 5ta/92