CONCEPTO DE IMPACTO FISCAL OBLIGATORIO
Estado actual:Trámite en Comisión
Título:
Por medio del cual se modifica la ley 819 de 2003 y se dictan otras disposiciones
Autor:
H.S. Juan Samy Merheg Marun,
H.S. Diela Liliana Solarte Benavides,
H.S. Efraín José Cepeda Sarabia,
H.R. Armando Antonio Zabaraín de Arce,
H.R. Juan Daniel Peñuela Calvache,
H.R. Wadith Alberto Manzur Imbett,
H.R. Juan Loreto Gómez Soto,
Comisión:
Comisión Cuarta o Presupuesto
No. de proyecto:
Cámara:
147/2024C
Legislatura:
2024 - 2025
Origen:
Cámara
Fecha de radicación:
Cámara:
Agosto 05 de 2024
Tipo:
Contenido:
Ver documento
Gaceta N 1131 de 2024
Objeto de proyecto:
El propósito de la modificación propuesta al artículo 7° de la Ley 819 de 2003, no es otro que exigir al Ministerio de Hacienda y Crédito Público que el concepto de impacto fiscal de un proyecto de acto legislativo o ley que implique aumento del gasto u otorgue beneficios tributarios , sea obligatorio, se entregue en forma oportuna y que este deba ser concreto, preciso, sustentado y detallado con el fin de asegurar la sostenibilidad de la política fiscal del país y que el nuevo gasto que se pretenda, encaje dentro del marco fiscal de mediano plazo.
Observaciones:
Primer debate cámara
PONENTES
Coordinador(es):
H.R. Juan Loreto Gómez Soto
H.R. Libardo Cruz Casado
H.R. José Alejandro Martínez Sánchez