- COMPETENCIAS DEFENSORES DE FAMILIATítulo:“Por medio de la cual se transfieren competencias a los Defensores de Familia para descongestionar los despachos judiciales y se dictan otras disposiciones”Autor: H.S. Richard Alfonso Aguilar Villa,Comisión: Comisión Primera Constitucional PermanenteNo. de proyecto:Cámara: 171/2020CSenado:Legislatura: 2020 - 2021Origen: CámaraFecha de radicación:Cámara: Julio 20 de 2020Senado:Tipo:Contenido:Ver documentoGaceta N 682 de 2020Objeto de proyecto: Transferir competencias que se encuentran en cabeza de los Jueces de Familia a los Defensores de Familia del Instituto Colombiano del Bienestar Familiar – ICBF, con el fin de agilizar procesos y descongestionar la Rama Judicial.
Observaciones:Archivado, de conformidad al Articulo 190 de la Ley 5° de 1992 y en concordancia con lo preceptuado en el Art 375 de la Constitución Política.
Primer debate cámara
PONENTES Coordinador(es):H.R. Elbert Díaz LozanoH.R. David Ernesto Pulido NovoaH.R. Oscar Hernán Sánchez LeónH.R. Gabriel Santos GarcíaH.R. Adriana Magali Matiz VargasH.R. Inti Raúl Asprilla ReyesH.R. Luis Alberto Albán UrbanoH.R. Carlos Germán Navas TaleroH.R. Ángela María Robledo GómezPublicacionesPonencia Primer DebateConcepto Instituto Colombiano de Bienestar FamiliarConcepto Ministerio de Hacienda y Crédito Público