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  • ACCIÓN COMUNAL
    Estado actual:Archivado
    Título:
    Por medio del cual se deroga la ley 743 de 2002 “Por la cual se desarrolla el artículo 38 Constitución Política de Colombia en lo referente a los organismos de acción comunal
    Autor: H.S. Gabriel Velasco Ocampo, H.S. Aydee lizarazo cubillos, H.S. Manuel Antonio Virgüez Piraquive, H.S. Maritza Martínez Aristizábal, H.R. Germán Alcides Blanco Álvarez, H.R. Gabriel Jaime Vallejo Chujfi, H.R. Buenaventura León León, H.R. Esteban Quintero Cardona, H.R. Edward David Rodríguez Rodríguez, H.R. Oscar Hernán Sánchez León, H.R. Alejandro Alberto Vega Pérez, H.R. Gloria Betty Zorro Africano, H.R. Carlos Eduardo Guevara Villabón, H.R. Irma Luz Herrera Rodríguez, H.R. Juan Diego Echavarría Sánchez, H.R. Faber Alberto Muñoz Cerón, H.R. Carlos Eduardo Acosta Lozano, H.R. Jennifer Kristin Arias Falla, H.R. Jairo Giovany Cristancho Tarache, H.R. Henry Fernando Correal Herrera, H.R. Jorge Enrique Benedetti Martelo, H.R. Jairo Humberto Cristo Correa, H.R. Norma Hurtado Sánchez, H.R. Juan Carlos Reinales Agudelo, H.R. Ángela Patricia Sánchez Leal, H.R. María Cristina Soto De Gómez, H.R. Jhon Arley Murillo Benítez, H.R. José Luis Correa López, Ministra del Interior- Alicia Arango Olmos
    Comisión: Comisión Séptima Constitucional Permanente
    No. de proyecto:
    Cámara: 474/2020C

    Senado:
    Legislatura: 2020 - 2021
    Origen: Cámara
    Fecha de radicación:
    Cámara: Noviembre 26 de 2020

    Senado:
    Tipo:
    Contenido:
    Ver documento
    Gaceta N 1387 de 2020
    Objeto de proyecto: El presente proyecto de ley tiene como objeto plantear una reforma estructural a la Ley 743 de 2002 “Por la cual se desarrolla el artículo 38 de la Constitución Política de Colombia en lo referente a los organismos de acción comunal” para mejorar el desarrollo de la Acción Comunal en el país en términos de organización, elección, derechos y deberes, y los ajustes institucionales a nivel nacional y a nivel local necesarios para articular y actualizar las dinámicas de los distintos niveles de la Organización Comunal, respondiendo precisamente a las demandas y requerimientos formulados por la colectividad comunal colombiana.
    Observaciones:

    ARCHIVADO- Art 190 de la ley 5ta/92

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