BECA FUERZA PÚBLICA
LEY 2130 DEL 4 DE AGOSTO DE 2021
Título:
POR MEDIO DE LA CUAL SE ESTABLECEN BENEFICIOS TRIBUTARIOS PARA LA FORMACIÓN Y EDUCACIÓN DE LA FUERZA PÚBLICA
Autor:
H.S.Fernando Nicolás Araújo Rumié
H.R.Juan Manuel Daza Iguarán
,
H.R.Wilmer Ramiro Carrillo Mendoza
,
H.R.Juan Pablo Celis Vergel
,
H.R.José Gabriel Amar Sepúlveda
,
H.R.José Jaime Uscátegui Pastrana
,
H.R.Christian Munir Garcés Aljure
,
H.R.Juan Fernando Espinal Ramírez
,
H.R.Wadith Alberto Manzur Imbett
,
H.R.Juan David Velez Trujillo
,
H.R.Salim Villamil Quessep
,
H.R.Víctor Manuel Ortiz Joya
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Comisión:
Comisión proyecto de ley
Comisión Tercera o de Hacienda y Crédito Público
No. de proyecto:
Cámara:
201/2019C
Senado:
336/2020
Legislatura:
Periodo Legislativo
2019 - 2020
Origen:
Origen
Cámara
Fecha de radicación:
Cámara:
2019-08-26
Senado:
Tipo:
Tipo Ley
Ley Ordinaria
Objeto de proyecto:
El presente Proyecto de Ley tiene como objeto principal establecer una deducción tributaria para las personas naturales y jurídicas que realicen donaciones a la Fuerza Pública, a través del Ministerio de Defensa y Seguridad Nacional, que permitirá la financiación de un programa de becas para los aspirantes a miembros de la Fuerza Pública y aquellos alumnos que una vez ya vinculados a los programas, cumplan con las exigencias académicas y apliquen al programa de becas.
Observaciones:
Primer debate cámara
Publicaciones
Ponencia Primer Debate
Texto Definitivo Comisión
Texto Definitivo Comisión
Acta y Fecha de aprobación Comisión Mayo 08 de 2020
Segundo debate cámara
PONENTES
Coordinador(es):
H.R. Nubia López Morales
Publicaciones
proposiciones
Ponencia Segundo Debate
Comentario de ministerio de la ciencia y la tecnologia
minhacienda
Texto Definitivo Plenaria