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Avanza en Cámara estatuto disciplinario de la Policía
01 Diciembre 2021

Con 118 votos a favor y 4 votos en contra, la Plenaria de la Cámara de Representantes aprobó en el tercero de cuatro debates el proyecto que establece el Estatuto Disciplinario para la Policía Nacional.

 

En esta norma se condensen los diferentes procedimientos que, en forma actualizada, respondan a las necesidades requeridas para fortalecer la disciplina en la Policía Nacional. 

 

El estatuto, de autoría del Gobierno Nacional contempla los mecanismos para investigar y sancionar las conductas de los uniformados que transgredan la actividad de Policía o cuando se vulnere la protección de los derechos fundamentales.

 

“Se agravan muchas de las faltas con sanciones disciplinarias más fuertes, quedan más clara las competencias y también deja claridad que lo que son las violaciones en materia de Derecho Internacional Humanitario deben pasar a la Procuraduría”, indicó el ministro del Interior, Daniel Palacios.

 

Algunas temáticas que se abordan dentro del Estatuto Disciplinario Policial son:

 

x La comisión de faltas disciplinarias que constituyan graves violaciones del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario, serán de competencia facultativa de la Procuraduría General de la Nación, en ejercicio del poder disciplinario

x El uso de elementos no reglamentarios del servicio de policía.

 x Ocultamiento de la identificación policial durante la prestación del servicio.

x Actos irregulares que sean perpetrados durante el desarrollo de medidas sanitarias o en periodos de descanso.

x Incurrir en la fuga de información.

x Hacer mal uso de documentos y de las TICS.

x Efectuar de forma incorrecta empleo de las redes sociales.

x Impedir la grabación de los procedimientos policiales.

x Realizar afectaciones o defraudación al subsistema de salud de la Policía Nacional.

x Incurrir en actos de discriminación, estigmatización o calificativos contra las personas o poblaciones vulnerables, por causa de sus actuaciones laborales, profesionales o el ejercicio de sus derechos.

x Generar o permitir actos que constituyan maltrato animal.

x Desplegar conductas indeseadas de naturaleza o contenido sexual.

 

El proyecto pasa ahora a su último debate en la Plenaria del Senado.

 

Fuente: Oficina de Información y Prensa Cámara de Representantes

Comunicado de Javier Forero

 

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