Informes - División de Personal
INDUCCIÓN
#LaborSinViolencia
Capacitación
Requisitos para ocupar el cargo de ASESOR en las Unidades de Trabajo Legislativo
Requisitos:
- Asesor I: Haber culminado estudios Universitarios o tecnológicos, o haber cursado dos (2) años de Estudios Universitarios o tecnológicos y tener un (1) año de experiencia laboral.
- Asesor II: Título de Educación Superior o terminación de Estudios Superiores.
- Asesor III: Título de Educación Superior y un (1) año de Experiencia Profesional.
- Asesor IV: Título de Educación Superior y dos (2) años de Experiencia Profesional.
- Asesor V: Título de Educación Superior y tres (3) años de Experiencia Profesional.
- Asesor VI: Título de Educación Superior formación Universitaria o Profesional, título de formación avanzada o Postgrado y tres (3) años de Experiencia Profesional.
- Asesor VII: Título de formación universitaria o profesional, título de formación avanzada o postgrado y cuatro (4) años de Experiencia Profesional.
- Asesor VIII: Título de formación Universitaria o profesional, título de formación avanzada o postgrado y cinco (5) años de Experiencia Profesional.
TRÁMITES ANTE LA CÁMARA DE REPRESENTANTES
Algunos de los trámites que usted puede requiere adelantar en la corporación son:
- Posesiones: En virtud de resolución Nº MD 1744 de 2005, las posesiones deberán realizarse entre los días 1º y el 12 de cada mes, únicamente
- Incapacidades: Se debe informar al superior jerárquico si se encuentra en incapacidad generada por la EPS, si la incapacidad es mayor a tres (3) días se bebe enviar copia de la misma a la División de Personal, so pena de incurrir en falta disciplinaria.
- Permisos y Licencias: Deben tramitarse ante la División de Personal.
- Certificados de tiempo de servicio: Deben solicitarse ante la división de personal.
- Comprobante de nómina: Debe solicitarse ante la sección de Registro y Control.
- Factores Salariales: Debe solicitarse ante la sección de Pagaduría.
- Paz y salvo de la sección de suministros, sobre los bienes asignados a su cargo.
Con ocasión a su desvinculación, la liquidación de sus prestaciones laborales se consignara a su cuenta bancaria, al mes siguiente de la desvinculación. Es importante realizar el examen de retiro, en caso que el funcionario no lo realice es responsabilidad propia del mismo y debe firmar la negación para realizarlo.
Régimen Salarial Unidades de Trabajo Legislativo "UTL"

REQUISITOS PARA NOMBRAMIENTO
Hoja de Vida Función Pública firmada en original (SIGEP)
Declaración Juramentada de Bienes y Rentas (SIGEP)
Copia legible de Cédula de Ciudadanía
Copia Libreta Militar o Certificado (Obligatoria para hombres menores de 50 años)
Certificados de Estudios
Copia Tarjeta o Matrícula Profesional (Para las profesiones que la requieran)
Constancias Laborales
Certificado de Antecedentes Disciplinarios
Certificado de Antecedentes Fiscales
Certificado de Antecedentes Judiciales
Certificado de Antecedentes del Consejo Superior de la Judicatura – Abogados
Vigencia Tarjeta Profesional
REQUISITOS PARA POSESIÓN
Resolución notificada
Examen Médico Pre-ocupacional
Oficio de Aceptación del Cargo
Certificado de Afiliación a Salud
Certificado de Afiliación a Pensión
Certificación Cuenta Bancaría
Según la resolución Nº 009 de 1995, “por la cuales establecen las calidades y requisitos mínimos para ocupar el cargo de Asesor de la Unidad de Trabajo Legislativo.
RESOLUCIONES
RES 2943 20 DE OCT DEL 2025