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Radican Proyecto de Ley para regular el consumo de nicotina, independientemente del método o dispositivo que utilice el consumidor
10 Noviembre 2020

El Representante a la Cámara por el Partido Verde, Mauricio Toro, va más allá frente a la regulación del uso de vapeadores y cigarrillos electrónicos en el país, por ello plantea en su proyecto de ley que la reducción de riesgos y daños con un enfoque de salud pública debe ser aplicada a la nicotina, al igual que el reconocimiento de los derechos de las personas consumidoras.

 

Es momento que en Colombia la discusión  frente a la regulación de dispositivos como los vapeadores y cigarrillos electrónicos se centre en la reglamentación de las sustancias y  no en el mecanismo, porque enfocarse en el dispositivo resulta quedarse obsoleto, ya que la innovación de la tecnología va a una velocidad mucho más rápida que la capacidad de los Estados y las legislaciones de controlar los dispositivos. Esta innovación genera unos dispositivos y requiere una regulación específica y completamente diferenciada, para evitar que llegue a menores de edad, pero sobre todo afectar la salud de los colombianos.

 

Por eso bajo este panorama el Congresista Mauricio Toro, radica un proyecto de ley que regula y reglamenta la nicotina, independientemente del dispositivo que se use para consumirla: “El reto que tenemos es grande, pues ante la ausencia de una regulación de estas nuevas innovaciones tecnológicas, es necesario hablar  de cómo se regula y se reglamenta la nicotina, por eso en nuestro proyecto de ley no se centra en  si se regula un vapeador o un cigarrillo electrónico, sino cómo se regula la sustancia. La visión prohibicionista de un Estado en temas de salud pública es la peor que puede existir, porque prohibir trae unos efectos colaterales muy dañinos en la sociedad y no elimina el consumo, pero lanza al consumidor a un mercado negro no regulado”.

 

La radicación de este proyecto cobra aún mayor relevancia, pues según lo evidencia la última Encuesta Nacional de Consumo de Sustancias Psicoactivas (ENCSPA) realizada entre octubre y diciembre del 2019, midió por primera vez el consumo de cigarrillos electrónicos o vapeadores con nicotina, y reveló que 5 por ciento, unos 1,1 millones de personas, dicen haberlos usado alguna vez en la vida, lo que lo convierte en la tercera sustancia legal más usada. Para la Corporación Acción Técnica Social, que trabaja en reducción de riesgo del consumo de sustancias psicoactivas, estos resultados, también deben dar pie a pensar en una regulación diferencial para cigarrillos electrónicos, orientada hacia mayores de edad y la reducción de daños.

 

Por ello cada día cobra mayor relevancia la estrategia de aplicar las políticas de reducción del daño, que busca precisamente que las personas que ya son consumidoras conozcan de los riesgos, de lo que implica el consumo de estas sustancias para que lo puedan dejar y abandonar con información técnica y científica evidenciada y vigilada por las autoridades de salud del Estado” recalca el Congresista Toro.

 

Las políticas de prohibicionismo en el mundo han fracasado, por ello, se requiere una legislación clara enfocada a garantizar la información adecuada, respetando el libre ejercicio de la voluntad de quienes quieren consumir la nicotina en cualquier tipo de dispositivo, para que de esa manera no se violen los derechos de los consumidores, ni quienes deciden que es un mecanismo de desarrollo para su libre personalidad. Pero sí haciendo un énfasis para mantenerla completamente alejada de niños y niñas, jóvenes, y entornos escolares y universitarios, donde haya presencia de menores de edad, tales como: restaurantes, centros comerciales, tiendas, ferias, festivales, parques, estadios, cibercafés, zonas comunales y áreas de espera: “Poder  cuidar tanto a los consumidores, como  a los niños, niñas y jóvenes, y ser justos en una política de reglamentación y regulación que responda de la mejor manera a los retos que tenemos frente a la prevención del daño que es en lo que tenemos que enfocarnos”

 

El proyecto de ley tiene tres principios fundamentales: un enfoque de reducción de riesgo y daño, ya que las compañías tienen que advertir sobre los riesgos de cara al consumidor, sobre el daño que esto puede hacer, y la idea es que las campañas lleven a dejar de consumir. Un segundo principio es sobre los derechos de los consumidores mayores de edad y el tercero es el acceso de consumidores a información de calidad.

 

Para el Congresista Toro: “La reducción de riesgos y daños es un enfoque de salud pública reconocido en la norma y la legislación colombiana desde el año 2007, que debe ser aplicado a la nicotina como a las demás sustancias psicoactivas, al igual que el reconocimiento de los derechos de las personas consumidoras. Por ello, la visión prohibicionista de un Estado en temas de salud pública es la peor que puede existir, porque prohibir trae unos efectos colaterales muy dañinos en la sociedad y no elimina el consumo, pero lanza al consumidor a un mercado negro no regulado”.

 

El proyecto contempla todo un capítulo dedicado a la creación de disposiciones para prevenir el consumo de productos que contengan nicotina, tanto en menores de edad como en población no fumadora y estrategias de reducción del riesgo y daño del consumo en productos de inhalación combustible, que estarán a cargo de los Ministerios de la Protección Social y de Educación Nacional.

 

Con relación a las disposiciones relativas a la publicidad y empaquetado de productos de administración con y sin nicotina, establece que el empaquetado de estos productos no podrá ser dirigido a menores de edad o ser especialmente atractivo para estos; sugerir que vapear contribuye al éxito atlético o deportivo, la popularidad, al éxito profesional o al éxito sexual; ni contener información que no sea respaldada por la evidencia científica.

 

Así mismo, todos los Productos de Administración de Nicotina sin Combustión deberán contener la siguiente advertencia, la cual deberá ocupar el 30% de la cara principal frontal del empaquetado correspondiente: “Este producto contiene nicotina, es adictivo y puede ser nocivo para la salud. Prohibida la venta a menores de edad”.

 

Finalmente, las empresas que vendan elementos o administración de nicotina no podrían publicitar, patrocinar eventos, venderlos a menores de edad ni en máquinas expendedoras.

 

En el mundo, de acuerdo con el Instituto para el Control Global del Tabaco, hay 100 países que tienen leyes que regulan los cigarrillos electrónicos, incluidas las leyes relacionadas con la venta, publicidad, promoción, patrocinio, empaque (por ejemplo, de seguridad para niños, etiquetado de advertencia de salud y marca registrada), regulación de productos (volumen de nicotina, concentración, seguridad, higiene, ingredientes, sabores), informes, impuestos y clasificación de los cigarrillos electrónicos.

 

La radicación de este proyecto se realizará el próximo miércoles 11 de noviembre a las 4 pm durante el Foro: “Regulación de dispositivos electrónicos para uso de Nicotina”, Organizado por la Corporación Acción Técnica Social y que contará con la participación de la española Ángeles Muntadas-Prim, presidenta de la Asociación Española de Usuarios de Vaporizadores Personales. 

 

Fuente: Oficina de Prensa del Representante Mauricio Toro

 

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