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Sesión plenaria Cámara de Representantes
15 Junio 2021

En la sesión plenaria del día martes 15 de junio de 2021, la Honorable Cámara de Representantes realizó el estudio y la aprobación de algunos Informes de ponencias de Conciliación y de Proyectos de Ley para segundo debate:

Informes de conciliación

- Proyecto de Acto Legislativo No. 467 de 2020 Cámara003 de 2020 Senado: “Por el cual se otorga la Calidad de Distrito Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación a la ciudad de Medellín”. Segunda vuelta.

 

Este proyecto de Acto Legislativo, tiene el propósito de brindar un marco constitucional que permita el aprovechamiento para Medellín de las nuevas tecnologías, fomentar nuevas industrias y afianzar la vocación de la capital de Antioquia, como eje del desarrollo de la ciencia, la tecnología y la innovación, en Colombia

 

Así Medellín, puede ser elevado a la categoría de Distrito Especial, pues cuenta con todo el potencial de tecnología, ciencia e innovación, que permite diversificar la actividad económica de esta ciudad; generando así, el mejoramiento de la calidad de vida de sus habitantes.

 

Proyecto que es dinamizador de la región y del País, que es un regalo del Congreso para Antioquia, porque pone a Medellín a la altura de las grandes ciudades del mundo. Como se presentaron diferencias en los contenidos aprobados, tanto en la Cámara como el Senado, los conciliadores designados acordaron acoger los textos de los artículos 1 y 4, aprobados por la plenaria del Senado de la República en la sesión del día 27 de abril de 2021 y los artículos 2 y 3, el texto aprobado por la plenaria de la Cámara de Representantes el día 3 de junio de 2021. Sometido a consideración de la plenaria el texto definitivo fue aprobado con 129 votos a favor y con 0 en contra

 

- Proyecto de Ley No. 589/2021 CámaraProyecto de Ley No. 141/2019 Senado: por medio de la cual se aprueba el "Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social (CMISS)", hecho en Santiago, República de Chile, el 10 de noviembre de 2007.

 

El instrumento internacional que en esta oportunidad se somete a consideración del Honorable Congreso de la República, pretende ampliar los mecanismos de protección social para los colombianos en el exterior y los extranjeros en el País, favorecer los canales de migración regular con miras a reducir la vulnerabilidad de la población migrante, garantizar el principio de igualdad de trato para los nacionales de los Estados que hacen parte del Convenio; así mismo, busca la cooperación internacional en materia de seguridad social con miras a permitir a las personas que hayan prestado servicios en uno o más de los Estados firmantes, beneficiarse de las cotizaciones efectuadas en cualquiera de estos territorios. Lo anterior con el fin de obtener acceso a las prestaciones económicas derivadas de la invalidez, vejez, supervivencia, accidentes de trabajo y enfermedad profesional.

 

Ante las diferencias que se presentaron en los textos aprobados en ambas cámaras, los conciliadores designados decidieron adoptar el texto aprobado por la plenaria de la Cámara de Representantes, anexando el texto conciliado. Puesta a consideración la conciliación, la plenaria la aprobó con 123 votos a favor y 0 en contra.

 

- Proyecto de Ley No. 590/2021 CámaraProyecto de Ley No. 139/2019 Senado: por medio de la cual se aprueba el “acuerdo entre la República de Colombia y el Banco Europeo de Inversiones, sobre el establecimiento de una representación regional del Banco Europeo de Inversiones en la República de Colombia”, adoptado en Bogotá, D.C., el 22 de julio de 2019.

 

El Banco Europeo de Inversiones (BEI), es la institución financiera multilateral de desarrollo más grande del mundo y uno de los mayores proveedores de financiamiento climático. Concede financiación a proyectos estratégicos para impulsar el crecimiento y el empleo; mitigar el cambio climático y fomentar las políticas y valores compartidos como la democracia, la equidad y el respeto por los Derechos Humanos y el medio ambiente. Además, la presencia del BEI en Colombia amplía la oferta financiera, con lo cual se promoverá la participación del sector privado en las metas consignadas en los pactos por la legalidad, el emprendimiento y la equidad, abanderados por el Gobierno Nacional.

 

Al presentarse diferencias en los textos aprobados en cada una de las corporaciones, los conciliadores para superarlas, decidieron acoger el texto que fue aprobado en la plenaria de la Cámara de Representantes. La ponencia de conciliación fue puesta a disposición de la plenaria de la Cámara que la aprobó con 131 votos contra 3 votos.

 

Proyectos aprobados en segundo debate:

 

- Proyecto de Ley No. 509/2021 CámaraProyecto de Ley No. 125/2019 Senado: “Por medio de la cual se modifica el Decreto Ley 1222 de 1986, el Decreto Ley 1421 de 1993, la Ley 1551 de 2012 y se dictan otras disposiciones.”

 

El objeto de la iniciativa es establecer de manera explícita en la Ley, el reconocimiento a la licencia de maternidad y el reemplazo temporal para las personas que ocupen los cargos de elección popular de diputadas, concejalas y edilesas, con el fin de corregir los vacíos que se presentan en el ordenamiento jurídico nacional, reconociendo en forma directa esta prestación, sin que sea necesario para las mujeres que ocupan esos cargos, apelar a solicitudes y/o conceptos para lograr el reconocimiento de un derecho del que gozan casi la totalidad de las mujeres trabajadoras en Colombia.

 

Esto permite proteger de manera integral a todas las mujeres que ocupan cargos de elección popular en el País, en su rol de maternidad, lo cual sin duda conlleva a mejorar la calidad de vida de sus familias e hijos, para que no tengan que dejar en casa o al cuidado de terceros a sus hijos en los primeros meses de vida, por cumplir con las labores propias de su cargo. Además, se logró incluir a las concejalas, específicamente de Bogotá, D. C., que no habían sido cobijadas a pesar de que las concejalas del resto del país ya tenían este derecho reconocido e igualmente a garantizar la extensión de este derecho a la licencia de paternidad de los padres y/o compañeros que también sean titulares de cargos por elección popular. Este proyecto era necesario tratarlo rigurosamente, pues de no hacerlo, no podría seguir su normal curso legislativo.  Fue aprobado por la plenaria con 128 votos favor y 0 votos en contra.

 

- Proyecto de Ley No. 595/2021 CámaraProyecto de Ley No. 423/2021 Senado: “Por medio de la cual se reforma la Ley 1952 de 2019 y se dictan otras disposiciones”.

 

La Ley 1952 2019 es el Código General Disciplinario y con mensaje de urgencia del Señor Presidente de la República, se pretende dar cumplimiento a la Sentencia del 8 de julio de 2020 de la Corte Interamericana de Derecho Humanos, emitida dentro del caso Gustavo Petro Urrego contra Colombia, en la que, entre otros aspectos se señaló la necesidad de generar mayores garantías para los destinatarios de la ley disciplinaria, en aplicación del artículo 8 de la Convención Americana de Derechos Humanos.

 

En ese orden de ideas, el Proyecto de Ley es una respuesta del Estado colombiano a los requerimientos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en el que se propone, sin desfigurar las disposiciones constitucionales, el reconocimiento de funciones jurisdiccionales a la Procuraduría General de la Nación para investigar y juzgar a todos los servidores públicos, incluidos los de elección popular, acatando jurisprudencias de la Corte Constitucional, en armonía con los principios de la administración de justicia, que le permiten ejercer funciones de policía judicial.

 

Los parlamentarios de oposición presentaron un informe de ponencia negativa, pidiendo el archivo de este proyecto de ley dado que la iniciativa legislativa, que fue radicada por la procuradora General, Margarita Cabello y respaldada por el Gobierno Nacional y las bancadas de los partidos gobiernistas, fue bastante cuestionada por los partidos de oposición, que consideran que el proyecto sigue en contravía de la Constitución y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que manifestó que los funcionarios de elección popular solo pueden perder sus derechos políticos a través de un juez penal competente y no como sucedió con el exalcalde Gustavo Petro que fue sancionado, en su momento, por la Procuraduría por razones netamente políticas, pero ahora se quiere arreglar la situación anómala cometida, dándole súper poderes a la Procuraduría, otorgándole categoría de órgano judicial, aumentándole su planta de personal burocrático y con facultades amplias  para perseguir a los funcionarios de elección popular que pertenezcan a los partidos políticos de oposición.

 

Se puso en consideración de la plenaria de la Cámara la proposición de archivo de este proyecto y la propuesta fue negada con una votación de 114 votos contra 21 y, por lo tanto, los ponentes explicaron detalladamente la manera en que se cambia la estructura y modificación del proceso disciplinario en el que el funcionario instructor no puede ser el mismo que adelanta el juzgamiento y se diseña una estructura garantista, para adelantar una segunda instancia con respeto al debido proceso y un juicio totalmente justo y ceñido a derecho. Además, adecúa los procesos disciplinarios a escenarios con muchísimas más garantías y de lucha eficaz contra la corrupción, porque los que son elegidos popularmente, no pueden tener patente de corso para violar las normas y hacer lo que sea, con los recursos del Estado.

 

Es claro también que no se incrementa la burocracia en la Procuraduría y que se ha tenido en cuenta la grave situación económica del País y, por  tanto, es un proyecto que se ajusta a la austeridad que los momentos tan difíciles exigen. La plenaria decidió mayoritariamente darle el estudio al proyecto que contiene 75 artículos, de los cuales 30 de ellos no presentaron ninguna proposición y en este sentido fueron aprobados por la plenaria, tal como venían en la ponencia.

 

El resto del articulado fue estudiado profunda y seriamente con el análisis de proposiciones presentadas por algunos congresistas y que fueron avaladas por los ponentes y aprobadas por la plenaria, para darle más consistencia al proyecto y enriquecer su contenido. Incluso se presentaron proposiciones de eliminación de 23 artículos que no fueron avaladas por los coordinadores ponentes y, en consecuencia, fueron sometidos a la decisión por votación de la plenaria que definió negar esta eliminación con una votación de 105 votos contra 17 votos, de quienes buscaban suprimir dichos artículos del proyecto.

 

Aún quedaron faltando por someter a votación para su aprobación nueve artículos de este proyecto, que no alcanzó a ser tratado en su totalidad, por lo extenso y porque la sesión culminó a las 11: 55 de la noche. Se terminará de estudiar en la plenaria de mañana 16 de junio de 2021.

 

Fuente: Oficina de Prensa Cámara de Representantes

Contacto: Juan Fernado Urrego Monsave

313 6509568

 

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