
Sancionada por la presidencia de la República, Ley 30 que garantiza financiación de la educación superior
- 05/03/2026
El ponente Hernando González, del partido Cambio Radical, anunció que la ley, permitirá que la población vulnerable de escasos recursos económicos, accedan sin costo a la educación superior.
Bogotá D.C., marzo 5 de 2026. (Prensa Cámara). La naciente norma que reformó los artículos 86 y 87, destina recursos para permitir la financiación de los establecimientos educativos a fin de que abarque el mayor número de estudiantes para que accedan a sus estudios profesionales sin costo.
Los artículos objeto de las reformas de la Ley 30 establece una serie de aspectos que le darán un empuje al sistema educativo en cuanto a la financiación y es así como señala el Artículo 86 “. Los presupuestos de las universidades nacionales, departamentales y municipales estarán constituidos por aportes del presupuesto nacional para funcionamiento e inversión, por los aportes de los entes territoriales, por los recursos y rentas propias de cada institución.
Las universidades estatales u oficiales recibirán anualmente aportes de los presupuestos nacional y de las entidades territoriales, que signifiquen siempre un incremento en pesos constantes, tomando como base los presupuestos de rentas y gastos, vigentes a partir de 1993 que lo ratifica en la Sentencia de la Corte Constitucional 177 de 2002”.
El siguiente punto aprobado dentro de la reforma educativa señala que “. A partir del sexto año de la vigencia de la presente ley, el Gobierno Nacional incrementará sus aportes para las universidades estatales u oficiales, en un porcentaje no inferior al 30% del incremento real del producto interno bruto. Este incremento se efectuará en conformidad con los objetivos previstos para el sistema de universidades estatales u oficiales y en razón al mejoramiento de la calidad de las instituciones que lo integran”.
El congresista del Valle del Cauca agrega que, en el parágrafo siguiente del articulado, explica los relacionado con los recursos del Estado “El incremento al que se refiere el presente artículo se hará para los sistemas que se creen en desarrollo de los artículos 81 y 82 y los dineros serán distribuidos por el Consejo Nacional de Educación Superior, CESU, previa reglamentación del Gobierno Nacional”.
Reitera igualmente que “el Gobierno Nacional en un término no mayor a dos años y con la asesoría del Consejo Nacional de Educación Superior, CESU, adoptará las medidas necesarias para garantizar los aportes correspondientes del presupuesto nacional, de los entes territoriales y de los esfuerzos de las mismas universidades.”. Es un gran paso para la educación colombiana y más para la población de escasos recursos, que ahora tendrán facilidad para ingresar para su formación profesional. Estoy seguro de que con la educación es que transformamos este país. No es cuestión de derecha, ni de izquierda, es cuestión de oportunidades y un mejor futuro para todos los jóvenes de Colombia, reiteró el Congresista al anunciar la sanción presidencia.
Fuente: Ricardo Cáceres Acosta – Periodista Oficina de Información y Prensa-




