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RIO GUAITARA

Estado

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Titulo

POR MEDIO DE LA CUAL SE RECONOCE AL RÍO GUAITARA, RÍO PASTO, SUS CUENCAS Y AFLUENTES, ASÍ COMO A LA LAGUNA DE LA COCHA O LAGO GUAMUEZ Y PARQUE NATURAL REGIONAL PÁRAMO DE LA PAJA BLANCA COMO SUJETOS DE DERECHOS Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES

No. de Proyecto

Cámara

073/2024C

Senado

Autor

Origen

Cámara

Legislatura

2024 – 2025
Autores Representantes
Autores Senado
Autor(es)
Fecha de Radicación
Cámara
24/7/2024
Senado
-
Tipo de ley
Ley Ordinaria
Objeto del proyecto
La presente ley tiene por objeto reconocer al Río Guáitara, Río Pasto, su cuenca y afluentes, así como a la Laguna de la Cocha o Lago Guamuez y Parque Natural Regional Páramo de la Paja Blanca como entidades sujetas de derechos, con el fin de garantizar su protección, conservación, mantenimiento y restauración. Estas responsabilidades recaerán en el Estado, las comunidades residentes y campesinas que habitan en la zona de influencia.
Observaciones
ARCHIVADO ARTICULO 190 DE LA LEY 5 DE 1992
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