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REUNIÓN Y MANIFESTACIÓN PÚBLICA Y PACÍFICA
Estado
Acumulado
Estado
Acumulado
Título
Por medio de la cual se desarrolla el derecho fundamental a la reunión y manifestación pública y pacífica, reconocido en el artículo 37 de la Constitución Política.
No. de Proyecto
Cámara
358/2026C
Senado
—
Origen
Cámara
Legislatura
2026-2027
Comisión(es)
Autores Representantes
Ana Ligia Mora Martínez, Andrés Felipe Guerra Hoyos, Chadan Francisco Rosado Taylor, Daruin Castellanos Romero, Hilda Gutiérrez, Jaime Ignacio Arizabaleta Fajardo, Jesús Armando Bedoya Rodríguez, Jesús Salim Lorduy Martínez, José Durgués Espinosa Martínez, José Gregorio Orjuela Pérez, Juan David Zuluaga Zuluaga, Manuel Alexander Pérez, Pedro Alejandro Murcia Lamprea
Autores Senado
Autor(es)
Y otra Firma.
Fecha de Radicación
Cámara
10/9/2026
Senado
-
Tipo de ley
Ley Estatutaria
Objeto del proyecto
La presente ley tiene por objeto desarrollar el derecho fundamental a la reunión y manifestación pública y pacífica consagrado en el artículo 37 de la Constitución Política; regular su ejercicio; establecer sus elementos esenciales, principios, derechos, deberes y límites; determinar las obligaciones de las autoridades públicas para su garantía y protección; y fijar los mecanismos necesarios para armonizar su ejercicio con la protección de los derechos fundamentales de las demás personas, la convivencia ciudadana, el orden constitucional y la seguridad pública.
Observaciones
Acumulado al Proyecto de Ley Estatutaria No. 041 de 2026 Cámara “Ley Antivandalismo - Mediante la cual se brinda herramientas a las autoridades para la atención de hechos de violencia en el marco de la protesta social y se regula el derecho fundamental de manifestación y reunión”
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