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Dos representantes por cada circunscripción territorial y uno más por cada 365.000 habitantes o fracción mayor de 182.500 que tengan en exceso sobre los primeros 365.000. Para la elección de representantes a la Cámara, cada departamento y el Distrito Capital de Bogotá conforman las circunscripciones territoriales. Por ley se puede establecer una circunscripción especial para asegurar la representación en la Cámara de los grupos étnicos, de las minorías políticas y los colombianos residentes en el exterior. Para ser representante se requiere ser ciudadano en ejercicio y tener más de 25 años de edad a la fecha de la elección.

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