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Imprimir Proyecto De Ley
SECTOR INTERRELIGIOSO
Estado actual:
Título:
Por la cual se reconoce la incidencia del Sector lnterreligioso en el ámbito educativo y se fortalece su aporte en la formación de valores y principios éticos y morales en Colombia
Autor:
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Comisión:
No. de proyecto:
Cámara: 453/2024C

Senado: 221/2024S
Legislatura:
Origen:
Fecha de radicación:
Cámara: 2024-06-12

Senado: 2024-02-20
Objeto de proyecto: La presente Ley tiene como objeto reconocer la incidencia del Sector lnterreligioso, sus lideres y organizaciones en el ámbito educativo; y fortalecer su aporte en la formación de valores y principios éticos y morales. Asimismo, busca reconocer el rol del Sector lnterreligioso en la construcción de tejido social y su aporte a una sociedad pacifica a través de la resolución de los conflictos mediante el diálogo social con valores.
Observaciones:

Primer debate cámara

PONENTES Coordinador(es):
Publicaciones
Ponencia Primer Debate
Texto Definitivo Comisión Aprobado en sesión del día 3 de septiembre de 2024 Acta 06

Segundo debate cámara

PONENTES Coordinador(es):
Publicaciones
Ponencia Segundo Debate
Concepto Católicas por el Derecho a Decidir
Concepto Ministerio de Hacienda y Crédito Público
Carta de Comentarios Ministerio de Educación Nacional

Primer debate senado

PONENTES Coordinador(es):
Publicaciones
Ponencia Primer Debate

Segundo debate senado

PONENTES Coordinador(es):
Publicaciones
Ponencia Segundo Debate
Texto Definitivo Plenaria
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SEGUNDOS OCUPANTES
Estado actual:
Título:
Por la cual se regula en la Ley 1448 de 2011 la situación jurídica de los segundos ocupantes con vulnerabilidad socioeconómica de predios objeto de restitución
Autor:
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Comisión:
No. de proyecto:
Cámara: 454/2024C

Senado: 005/2022S
Legislatura:
Origen:
Fecha de radicación:
Cámara: 2024-06-12

Senado: 2022-07-20
Tipo:
Contenido:
Objeto de proyecto: La presente ley tiene por objeto regular la situación jurídica de los segundos ocupantes vulnerables de predios objeto de restitución, estableciendo un enfoque de acción sin daño dentro de la Ley 1448 de 2011, para garantizar el tratamiento diferenciado para las personas que habitan en predios objeto de restitución, que presentan vulnerabilidad en acceso a la tierra, o que se encuentran en condición de vulnerabilidad objetiva y que no tuvieron ninguna relación directa ni indirecta con el despojo o el abandono forzado del predio; así como la consideración de su condición dentro del fallo de restitución.
Observaciones:
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