IMPORTACIÓN DE CEMENTO-NARIÑO
Título:
POR MEDIO DEL CUAL SE HABILITA EL DEPARTAMENTO DE NARIÑO PARA LA IMPORTACIÓN DE CEMENTO
Autor:
Ministro de Justicia y del Derecho - Nestor Ivan Osuna
,
Ministro de Comercio, Industria y Turismo - German Umaña Mendoza
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Comisión:
Comisión proyecto de ley
Comisión Tercera o de Hacienda y Crédito Público
No. de proyecto:
Cámara:
429/2024C
Senado:
Legislatura:
Periodo Legislativo
2023 - 2024
Origen:
Origen
Cámara
Fecha de radicación:
Cámara:
2024-04-23
Senado:
Tipo:
Tipo Ley
Ley Ordinaria
Objeto de proyecto:
Habilitar el departamento de Nariño para la importación de cemento, vía fluvial y terrestre; única y exclusivamente por los lugares autorizados por la DIAN y para el consumo interno.
Dado que el producto en mención se encuentra entre las sustancias y productos químicos controlados por el Consejo Nacional de Estupefacientes, la importación estará sujeta a la expedición del Certificado de Carencia de Informes por Tráfico de Estupefacientes, de conformidad con la normatividad vigente en la materia
Observaciones:
ARCHIVADO ART. 190 LEY 5ta DE 1992
Primer debate cámara
PONENTES
Coordinador(es):
Publicaciones
Concepto DAPRE
Concepto Ministerio de Hacienda y Crédito Publico