Pasar al contenido principal
La imprescriptibilidad de los delitos contra la administración pública, fue objeto de audiencia en Comisión Primera
29 Noviembre 2021

La Comisión Primera de la Cámara de Representantes, realizó audiencia pública sobre el proyecto de Ley No. 251 de 2021 Cámara “Por medio del cual se incluye la imprescriptibilidad de los delitos contra la administración pública en el Código Penal”.

 

La audiencia respectiva fue presidida por el representante a la Cámara David Ricardo Racero Mayorga, autor de la iniciativa quién explicó: “Este es un proyecto muy sencillo en términos de propuesta legislativa, pero de un gran impacto para uno de los puntos de agenda política más importantes que se discuten tanto en la opinión pública, como en la ciudadanía en general. Es un proyecto que en el fondo lo que pretende justamente es dar blindajes legales y especialmente judiciales para la investigación en delitos, que tengan que ver con la administración pública”.

 

La iniciativa, en el articulado determina modificar el inciso sexto del artículo 83 de la Ley 599 de 2000, el cual quedará así:

 

“Cuando se trata de delitos contra la administración pública cometidos por servidores públicos, particulares que ejerzan funciones públicas en forma permanente o transitoria y por quienes obren como agentes retenedores o recaudadores, la acción penal será imprescriptible”.

 

“La iniciativa al establecer la imprescriptibilidad de la acción penal en los delitos que se cometan contra la administración pública, tiene como finalidad, evitar que las redes de la corrupción que azotan y han azotado al País, no puedan investigarse como consecuencia del paso del tiempo y así, evitar la impunidad”, explica Racero Mayorga en su exposición de motivos”.

 

Alba Yineth Castro Pardo, asesora de la Dirección de Política Criminal del Ministerio de Justicia dijo: “Como Miembros del Consejo Superior de Política Criminal, tomaremos atenta nota de todos los comentarios que aquí se pongan de presente para transmitirlos y tenerlos en cuenta en el Concepto no vinculante que se elabore, dentro del marco del comité técnico del consejo el cual será objeto de aprobación por este mismo órgano colegiado”.

 

Por su parte el ciudadano Jairo Castro delegado de las organización de servidores públicos de los órganos de control fiscal, con asiento en la Contraloría General, y las territoriales, indico que: “Como organización sindical, llevamos mucho tiempo esperando que, el Gobierno Nacional facilite herramientas al control fiscal, vemos muy bien que tanto en el orden disciplinario y ahora en el penal, se entre de alguna manera a articular, algunas avances que se han tenido en materia de la lucha contra la corrupción”.

 

 Nosotros hemos referido la reforma que trajo el Decreto 403, como consecuencia del Acto Legislativo 04 de 2019, en el cual de alguna manera amplió los términos de prescripción tanto en los procesos de responsabilidad fiscal como en los de cobro coactivo, elevándolos de 5 a 10 años. Igualmente hemos visto en el tema ambiental como la caducidad de las acciones en materia ambiental, prescriben a los 20 años, por ende, todo lo que vaya en pro de limitarle la posibilidad al corrupto que huir, será bien visto por parte nuestra”.

 

“Creo que este es un proyecto, que genera discusión dentro de diferentes grupos políticos, lo radicamos al inicio de la legislatura, ha habido agendas que han trastocado la discusión rápida de la iniciativa… Creo que podríamos propiciar una mesa de trabajo para profundizar en el proyecto”, concluyó el representante David Ricardo Racero Mayorga.

 

 

Fuente: Oficina de Prensa Cámara

Comunicado de Fernando Urrego Lozano

 

 

Opciones de
accesibilidad
Tamaño de texto