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La Comisión Primera de la Cámara de Representantes, aprobó en primer debate el Acto Legislativo de reforma a la justicia

El Acto Legislativo 320 de 2021 Cámara, “Por medio del cual se reforma la justicia”, pretende establecer una nueva forma de elección de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado, que fue aprobado en primer debate, elimina el trámite de la lista de elegibles en cabeza del Consejo Superior de la Judicatura.

 

En el informe respectivo, los ponentes indican que: “El  Proyecto de Acto Legislativo pretende, establecer una nueva forma de elección de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado, eliminando el trámite de la lista de elegibles en cabeza del Consejo Superior de la Judicatura, con el fin que el procedimiento de elección y nombramiento de los magistrados fortalezca la autonomía de las cortes y la participación de profesionales competentes y experimentados, cuya evaluación por parte de las cortes a las que aspiran pertenecer, permita seleccionar al mejor candidato posible, mediante la observancia de los requisitos legales, aptitudes profesionales y atributos éticos necesarios para el desempeño del cargo al que aspiran, de cara a la exigente responsabilidad de administrar justicia en un órgano de cierre”.

 

La iniciativa, establece igualmente la reforma de los artículos 126, 174, 178, 231, 235, 249, 255, 266, 276  y 281 de la Constitución Nacional, que hacen referencia a la elección de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y Consejo de Estado, requisitos para ser miembro del Consejo Superior de la Judicatura, escogencia del Registrador Nacional del Estado Civil, requisitos para ser Procurador General de la Nación, funciones y requisitos para ser Defensor del Pueblo, funciones de la Comisión de Investigación Acusación de la Cámara de Representantes, elección y requisitos para ser Fiscal General de la Nación.

 

 En la sesión intervinieron, Gloria Stella López Jaramillo presidente del Consejo Superior de la Judicatura y Julio Andrés Sampedro Arrubla presidente de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial. Se excusaron por no asistir los presidentes del Consejo de Estado, Corte Suprema de Justicia, el Defensor del Pueblo y el Registrador Nacional del Estado Civil.

 

El articulado de la iniciativa de reforma constitucional  indica: El artículo 174 de la Constitución Nacional quedará así: “Corresponde el Senado de la República conocer de las acusaciones que formule la Cámara de Representantes contra el Presidente de la República o quién haga sus veces, contra los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado, de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial y la Corte Constitucional, los miembros del Consejo Superior de la Judicatura, el Fiscal General de la Nación, el Contralor General de la República, el Procurador General de la Nación y el Auditor General de la República, aunque hubieren cesado en el ejercicio de sus cargos, en este caso conocerá por hechos u omisiones ocurridas en el desempeño de los mismos”.

 

Igualmente fue aprobado que: el artículo 178 de la Constitución Nacional quedará así: La Cámara de Representantes tendrá las siguientes atribuciones especiales: “Elegir al Defensor del Pueblo, examinar y fenecer la cuenta general del presupuesto y del tesoro que le presente el Contralor General de la República, acusar ante el Senado cuando hubiere causas constitucionales, al Presidente de la República o a quien haga sus veces, a los magistrados de la Corte Constitucional, a los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, a los miembros del Consejo Superior de la Judicatura, a los magistrados de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, a los magistrados del Consejo de Estado, al Fiscal General de la Nación, al Contralor General de la República, al Procurador General de la Nación, y al Auditor General de la República”.

 

Igualmente: “Conocer de las denuncias y quejas que ante ella se presenten por el Fiscal General de la Nación, sus delegados o por los particulares contra los expresados funcionarios y, si prestan mérito, fundar en ellas acusación ante el Senado y requerir el auxilio de otras autoridades para el desarrollo de las investigaciones que le competen, y comisionar para la práctica de pruebas cuando lo considere conveniente”.

 

El título y pregunta del proyecto de Acto Legislativo 320 de 2021 Cámara, “Por medio del cual se reforma la justicia”, fue aprobado con 21 votos a favor 1 en contra. El proyecto de Acto Legislativo, contiene 12 artículos, incluido el de la vigencia. El proyecto continuará su trámite en segundo debate en la plenaria de la Cámara de Representantes.

 

Fuente: Oficina de Prensa Cámara

Comunicado de Fernando Urrego

 

 

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