
La Cámara aprobó la prórroga de la Ley 418 de 1997 y fijó la nueva política de orden público
- 04/11/2026
La ley no requirió de la conciliación con el Senado.
Bogotá D.C., 4 de noviembre de 2026 (Prensa Cámara). La plenaria de la Cámara de Representantes, en un debate que se extendió por más de 12 horas, aprobó sin conciliación el Proyecto de Ley 433 de 2026 Cámara – 296 de 2026 Senado, por medio de la cual se modifica, adiciona y prorroga la Ley 418 de 1997 y se establece la política estatal para garantizar el orden público y lograr una transformación territorial integral. En primer instancia la corporación negó, con 78 votos por el no y 44 por el sí, la suspensión del debate propuesta por el representante Camilo Alfonso Torres Prada (Pacto Histórico) y, conforme a la Ley 5 de 1992 y a la Ley 1828 de 2017, trasladó a la Comisión de Ética las recusaciones colectivas radicadas contra varias bancadas.
Entre otras disposiciones, el artículo 13 adiciona el artículo 12D a la Ley 418 de 1997 y define la transformación territorial integral como el mecanismo de articulación estatal para sustituir economías criminales por lícitas y prevenir la reconfiguración de actores armados ilegales. El artículo 19 crea los programas de tránsito a la legalidad, con lineamientos del Ministerio del Trabajo y del Ministerio de Educación, formación del SENA y enfoque diferencial étnico, territorial y de género, bajo la coordinación de la Agencia para la Reincorporación y la Normalización.
El representante de la Alianza Verde, Jaime Raúl Salamanca Torres, dijo que, de sus once proposiciones, cuatro fueron acogidas y tres incorporadas parcialmente. Se eliminó el artículo que permitía la contratación directa y reservada en el Fondo Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana (FONSECON). Se agregó la posibilidad de investigar a terceros señalados por integrantes de grupos armados ilegales sin esperar una condena contra quien entrega la información, y se limitó la facultad reglamentaria del Gobierno a aspectos operativos y logísticos, sin crear requisitos, beneficios o causales distintos de los previstos en la ley.
El texto también exige un mínimo de diez años de privación efectiva de la libertad para los cabecillas y seis años para los colaboradores, con beneficios sujetos a la colaboración eficaz y la entrega de bienes, y establece la pérdida de beneficios por ocultar información sobre personas desaparecidas.
El congresista advirtió que siguen pendientes el plazo y los recursos del programa de reparación a las víctimas, y que se mantiene el concepto favorable de la víctima para la libertad condicional, lo que puede exponerla a presiones. Señaló además riesgos para la niñez y la protesta social, y anunció control político a la implementación.
Así las cosas, con la aprobación de esta ley se da fin a la llamada Paz Total y se inicia un nuevo ciclo en materia de sometimiento a la justicia.
Fuente: Oficina de Información y Prensa - Periodista Luis Carlos Díaz Mesa




