Pasar al contenido principal
Insolvencia para no comerciantes, funcionamiento de las comisarías, impulso al Viche, el empleo juvenil y el Fondo de Ahorro Social, los temas de las comisiones  
04 Diciembre 2020

La Comisión Primera, aprobó en primer debate el proyecto de Ley 064 de 2020: “Por medio de la cual se modifica el Título IV de la Ley 1564 de 2012, referente a los procedimientos de insolvencia de la persona natural no comerciante y se dictan otras disposiciones”.

 

El objeto de la iniciativa es la modificación el Título IV de la Ley 1564 de 2012, referente a los procedimientos de insolvencia de la persona natural no comerciante, a fin de:

 

A. Fortalecer las garantías procesales de los acreedores, para que, dentro de un concepto de bien común, puedan negociar y recibir el pago de sus acreencias en términos que resulten razonables.

 B. Instituir un régimen diferenciado, cuando dentro de los acreedores se encuentre una o más empresas de economía solidaria.

 C. Establecer medidas, para flexibilizar el proceso de insolvencia de persona natural no comerciante, tras la crisis económica generada por la pandemia Covid - 19.

 D. Modificar varias normas del régimen, cuya aplicación ha dado lugar a controversias e inconvenientes en la negociación de deudas y a situaciones de estancamiento de los procesos liquidatarios.

 

Los ponentes del proyecto de Ley 064 de 2020, son los representantes Buenaventura León León, Julián Peinado Ramírez, José Daniel López Jiménez, José Jaime Uscategui Pastrana, Juanita María Goebertus Estrada, Carlos Germán Navas Talero y Luis Alberto Alban Urbano. La Iniciativa tendrá segundo debate en la plenaria de la Cámara de Representantes.

 

Igualmente, en la discusión y aprobación de iniciativas del día de hoy la Comisión Primera, aprobó en primer debate Proyecto de Ley No. 133 de 2020 Cámara: “Por el cual se regula la Creación, Conformación y Funcionamiento de las Comisarías de Familia, se establece el órgano rector y se dictan otras disposiciones”.

 

La presente ley tiene por objeto dictar disposiciones que otorguen herramientas a las Comisarías de Familia para gestionar su diseño institucional y para facilitar, ampliar y garantizar el acceso a la justicia por medio de la atención especializada e interdisciplinaria, con el fin de prevenir, restablecer, reparar y garantizar los derechos de quienes estén en riesgo, sean o hayan sido víctimas de violencia por razones de género en el contexto familiar y víctimas de otras violencias en el contexto familiar.

 

Los ponentes de la iniciativa son los representes, Margarita María Restrepo Arango, Julián Peinado Ramírez, Adriana Magali Matiz Vargas, John Jairo Hoyos García, Jorge Méndez Hernández, Juanita María Goebertus Estrada, Luis Alberto Alban Urbano, Carlos German Navas Talero y Ángela María Robledo Gómez.

 

La Ley 133 de 2020, tendrá discusión y aprobación en segundo debate en la plenaria de la Cámara de Representantes, iniciativa que busca solucionar problemas de deficiencia en el diseño institucional de las comisarias, dificultades actuales para su buen desempeño, la carencia de un sistema de información, inestabilidad  laboral, duplicidad con defensorías de familia, la falta de capacidad técnica de equipos, inestabilidad presupuestal y constitucional, condiciones de trabajo precarias del personal, entre otras situaciones.

 

La Comisión Tercera, sesionó hoy y aprobó en primer debate el proyecto de Ley 198 de 2020 Cámara, acumulado con el proyecto de Ley 324 de 2020 Cámara: “Por medio del cual se reconoce, impulsa y protege el viche/biche y sus derivados como bebidas alcohólicas, ancestrales, artesanales, tradicionales y patrimonio colectivo de las comunidades negras de la costa del Pacífico Colombiano”.

 

“El viche/biche, es producto de la destilación de la caña de azúcar que realizan las comunidades rurales del Pacífico colombiano. Las bebidas alcohólicas producidas por las comunidades negras del Pacífico colombiano derivadas del viche/biche, son una herencia o práctica ancestral y, hacen parte de la identidad cultural de pueblos o comunidades negras en los cuatro departamentos que lo componen, al igual que ocurre con las producidas por las comunidades indígenas andinas” (Filipo Burgos, 2019).

 

La iniciativa, tiene por objeto crear un marco regulatorio especial para reconocer, impulsar, promover y proteger el viche/biche y sus derivados como bebidas alcohólicas, ancestrales, artesanales, tradicionales y como patrimonio colectivo de las comunidades negras de la costa del Pacífico colombiano, e impulsar el aprovechamiento cultural y económico de la producción de estas bebidas por parte de las comunidades negras de la costa pacífico colombiana. El proyecto de Ley 198 de 2020, tendrá segundo debate en la plenaria de la Cámara de Representantes.

 

Los ponentes del proyecto de Ley 198 de 2020, son los congresistas Kelyn Johana González Duarte, David Ricardo Racero Mayorga, Carlos Julio Bonilla Soto y Cristian José Moreno Villamizar.

 

Igualmente, fue aprobado en primer debate por la Comisión Tercera el proyecto de Ley 208, “Por medio del cual se reglamenta el Artículo 196 de la Ley 1955 de 2019, para fortalecer las medidas que promueven el empleo juvenil.

 

En su Artículo 1, La Ley tiene por objeto el fortalecimiento de las medidas del sector público para combatir el desempleo juvenil, se reglamenta el artículo 196 de la Ley 1955 de 2019 y buscar aumentar el número de jóvenes dentro del sector público de Colombia.

 

El Artículo 2 indica que para la aplicación las medidas de las que habla el artículo 196 de la Ley 1955 de 2019 se entenderá por jóvenes sin experiencia, las personas de dieciocho (18) a veintiocho (28) años, egresados de programas de educación técnico, tecnólogo y profesionales que no puedan acreditar más de doce (12) meses de experiencia específica en su campo de saber, entre otras disposiciones.

 

El autor y coordinador, es el representante Víctor Manuel Ortiz Joya, con ponencia del parlamentario Bayardo Gilberto Betancourth Pérez.

 

El proyecto de Ley 175 de 2020: “Por medio del cual se crea el Fondo Especial de Ahorro Social para la pensión y en emprendimiento (FOSPE), se asigna un bono pensional para los recién nacidos de familias vulnerables y se dictan otras disposiciones, fue aprobado en primer debate por la Comisión Tercera.

El proyecto tiene por objeto asegurar de manera temprana y oportuna el acceso a la pensión de vejez de las personas, comenzando a financiarle a los niños y niñas que hoy nacen en Colombia en condiciones de extrema pobreza y vulnerabilidad, los recursos que irán a un fondo especial de ahorro social para la pensión y el emprendimiento, para luego constituir un bono pensional que fue asignado desde el nacimiento y les permitirá, a la edad de pensión, asegurar un ingreso mínimo que garantice su bienestar social y su congrua subsistencia.

Este aseguramiento, se financiará con un impuesto extraordinario a la riqueza para patrimonios iguales o superiores a los cinco mil millones de pesos ($5.000.000.000). Los ponentes de la iniciativa son Sara Elena Piedrahita Lyons y Víctor Manuel Ortiz Joya y Enrique Cabrales Baquero.

Los ponentes del proyecto de Ley 175 de 2020, son los congresistas Sara Elena Piedrahita Lyons, Enrique Cabrales Baquero y Víctor Manuel Ortiz Joya.

Igualmente fue aprobado en primer debate, por la Comisión Tercera el proyecto de Ley 238 de 2020, “Por medio del cual se armoniza la normatividad vigente en materia tributaria respecto a las familias con hijos dependientes o en situación de incapacidad”.

Los ponentes de la iniciativa son los representantes, Julián Peinado Ramírez, Alejandro Alberto Vega Pérez, Andrés David Calle Aguas, José Daniel López Jiménez, Eloy Chichí Quintero Romero, César Augusto Lorduy Maldonado, Juan Fernando Reyes Kuri y Juan Carlos Lozada Vargas.

 

El proyecto de Ley 238 de 2020, tiene por objeto corregir en el inciso 2° del parágrafo 2° del Estatuto Tributario extendiendo a los 25 años la edad del hijo del contribuyente que se encuentre estudiando y, corregir el inciso 3° del mismo parágrafo, reduciendo la edad de los hijos de los contribuyentes que se encuentren en estado de dependencia por estados físicos o psicológicos debidamente certificados por Medicina Legal, a los 18 años.

 

Fuente: Oficina de Prensa Cámara de Representantes

 

Opciones de
accesibilidad
Tamaño de texto