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  • LICENCIAS MENSTRUALES
    Estado actual:Trámite en Comisión
    Título:
    Por medio del cual se crea la licencia menstrual y se establecen lineamientos para una política pública que promueva, sensibilice y ejecute planes de acción sobre la protección de los derechos menstruales y se dictan otras disposiciones
    Autor: H.S. Yuly Esmeralda Hernández Silva, H.S. Sandra Ramírez Lobo, H.S. Omar de Jesús Restrepo Correa, H.R. Pedro José Súarez Vacca, H.R. María Fernanda Carrascal Rojas, H.R. Leider Alexandra Vásquez Ochoa, H.R. Martha Lisbeth Alfonso Jurado, H.R. Flora Perdomo Andrade, H.R. Jorge Alejandro Ocampo Giraldo, H.R. Jorge Andrés Cancimance López, H.R. Germán José Gómez López, H.R. Gabriel Ernesto Parrado Durán,
    Comisión: Comisión Séptima Constitucional Permanente
    No. de proyecto:
    Cámara: 204/2024C

    Senado:
    Legislatura: 2024 - 2025
    Origen: Cámara
    Fecha de radicación:
    Cámara: Agosto 14 de 2024

    Senado:
    Tipo:
    Contenido:
    Ver documento
    Gaceta N 1186 de 2024
    Objeto de proyecto: La presente ley tiene por objeto la creación de la licencia menstrual obligatoria con la intención de promover y garantizar el bienestar, la salud y la dignidad menstrual, estableciendo principios, contenidos y disposiciones de la Política Pública para la garantía del ejercicio y goce efectivo de los derechos menstruales en función de los derechos laborales, sexuales y reproductivos de las mujeres y personas menstruantes en el territorio nacional.
    Observaciones:

    Primer debate cámara

    PONENTES Coordinador(es):
    H.R. María Fernanda Carrascal Rojas
    H.R. Germán José Gómez López
    Publicaciones
    Ponencia Primer Debate
    Documento

    Segundo debate cámara

    PONENTES Coordinador(es):
    H.R. María Fernanda Carrascal Rojas
    H.R. Germán José Gómez López
    Publicaciones
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