LICENCIAS MENSTRUALES
Estado
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Titulo
Por medio del cual se crea la licencia menstrual y se establecen lineamientos para una política pública que promueva, sensibilice y ejecute planes de acción sobre la protección de los derechos menstruales y se dictan otras disposiciones
No. de Proyecto
Cámara
378/2023C
Senado
Autor
Origen
Cámara
Legislatura
2022 – 2023
Comisión(es)
Autores Representantes
Autores Senado
Autor(es)
Fecha de Radicación
Cámara
28/3/2023
Senado
-
Tipo de ley
Ley Ordinaria
Objeto del proyecto
La presente ley tiene por objeto la creación de la licencia menstrual obligatoria con la intención de promover y garantizar el bienestar, la salud y la dignidad menstrual al margen del establecimiento de principios, contenidos y disposiciones de la Política Pública para la garantía del ejercicio y goce efectivo de los derechos menstruales en función a los derechos laborales, sexuales y reproductivos de las mujeres y personas trabajadoras menstruantes en el territorio nacional.
Observaciones
ARCHIVADO ART. 190 LEY 5ta DE 1992
Primer Debate Cámara
Coordinador(es)
Publicaciones
- Secretaria Distrital de la Mujer. Supersalud:
- Ponencia Primer Debate: