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  • IVA VEHICULOS AUTOMOTORES
    Estado actual:Archivado
    Título:
    “Por medio de la cual se deroga el artículo 3 del Decreto Legislativo 789 del 4 de junio de 2020 “Por el cual se adoptan medidas tributarias transitorias en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica de conformidad con el Decreto 637 del 6 de mayo de 2020”
    Autor: H.R. Rodrigo Lara Restrepo,
    Comisión: Comisión Tercera o de Hacienda y Crédito Público
    No. de proyecto:
    Cámara: 193/2020C

    Senado:
    Legislatura: 2020 - 2021
    Origen: Cámara
    Fecha de radicación:
    Cámara: Julio 20 de 2020

    Senado:
    Tipo:
    Contenido:
    Ver documento
    Gaceta N 686 de 2020
    Objeto de proyecto: Esta ley tiene por objeto derogar el artículo 3 del Decreto Legislativo 789 del 4 de junio de 2020, sobre la exención transitoria del impuesto sobre las ventas -IVA en la importación de vehículos automotores de servicio público o particular de pasajeros y/o de vehículos automotores de servicio público o particular de transporte de carga, así como sobre la importación de los vehículos automotores de servicio público o particular, de transporte de carga completos y el chasis con motor y la carrocería adquiridos individualmente para conformar un vehículo automotor completo nuevo de transporte de carga de más de 10.5 toneladas de peso bruto vehicular.
    Observaciones:

    Archivado, de conformidad al Articulo 190 de la Ley 5° de 1992 y en concordancia con lo perceptuado en el Art 375 de la Constitucion Politica.

    Primer debate cámara

    PONENTES Coordinador(es):
    H.R. Gustavo Hernán Puentes Díaz
    H.R. Silvio José Carrasquilla Torres
    H.R. Juan Pablo Celis Vergel
    Publicaciones
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