- INTERNACIÓN DE VEHÍCULOSTítulo:“por medio del cual se regula la internación temporal de vehículos, motocicletas y embarcaciones fluviales menores con matrícula de un país vecino”Autor: H.R. Juan Pablo Celis Vergel,Comisión: Comisión Sexta o de Transportes y ComunicacionesNo. de proyecto:Cámara: 226/2020CSenado:Legislatura: 2020 - 2021Origen: CámaraFecha de radicación:Cámara: Julio 21 de 2020Senado:Tipo:Contenido:Ver documentoGaceta N 692 de 2020Objeto de proyecto: La presente ley tiene por objeto establecer las condiciones, términos y requisitos para autorizar la internación temporal de vehículos, motocicletas y embarcaciones fluviales menores con matrícula del país vecino, de propiedad o tenencia de los residentes en las Unidades Especiales de Desarrollo Fronterizo (UEDF).Observaciones:
Archivado, de conformidad al Articulo 190 de la Ley 5° de 1992 y en concordancia con lo perceptuado en el Art 375 de la Constitución Politica.
Primer debate cámara
PONENTES Coordinador(es):Publicaciones