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EXONERACIÓN COBRO CÉDULA
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Título
“POR LA CUAL SE ESTABLECE LA EXPEDICIÓN GRATUITA DEL DUPLICADO DE LA CÉDULA PARA ADULTOS MAYORES EN CONDICIÓN DE VULNERABILIDAD HOMBRES DE 62 AÑOS Y MUJERES DE 57 AÑOS EN ADELANTE PERTENECIENTES A LOS GRUPOS A, B Y C DEL SISBEN, ASÍ COMO LA EXENCIÓN DE COBRO PARA LA OBTENCIÓN DE LA CÉDULA DIGITAL A JÓVENES ENTRE LOS 18 A 28 AÑOS”
No. de Proyecto
Cámara
607/2025C
Senado
—
Origen
Cámara
Legislatura
2024-2025
Comisión(es)
Fecha de Radicación
Cámara
22/4/2025
Senado
-
Tipo de ley
Ley Ordinaria
Objeto del proyecto
Tiene por objeto modificar la ley 1163 de 2007 para establecer la expedición gratuita del duplicado de la cédula para los adultos mayores en condición de vulnerabilidad hombres de 62 años y mujeres de 57 años en adelante pertenecientes al grupo A,B y C del Sisben, así como la exención de cobro para la obtención de la cédula digital a jóvenes entre los 18 y 28 años que a la fecha de entrada en vigencia de la ley no posean cédula digital, con el fin de promover la inclusión digital, reducir barreras económicas y asegurar la equidad en el acceso a la identificación y los servicios ciudadanos
Observaciones
Archivado de conformidad con el artículo 162 C.P. en concordancia con el artículo 190 Ley 5ª de 1992, Junio 24 de 2025
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