DEPARTAMENTOS FRONTERIZOS
Art de lay 5 de 1992
Título:
POR MEDIO DEL CUAL SE CREA PARCIALMENTE LA LEY GENERAL FRONTERIZA, BAJO LOS PRECEPTOS CONSTITUCIONALES DEL ARTÍCULO 337 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA, CON RESPECTO AL DESARROLLO ECONÓMICO Y SOCIAL DE LOS DEPARTAMENTOS FRONTERIZOS Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES
Comisión:
Comisión proyecto de ley
Comisión Segunda o de Relaciones Internacionales
No. de proyecto:
Cámara:
020/2018C
Senado:
134/2019S
Legislatura:
Periodo Legislativo
2018 - 2019
Origen:
Origen
Cámara
Fecha de radicación:
Cámara:
2018-07-20
Senado:
Tipo:
Tipo Ley
Ley Ordinaria
Objeto de proyecto:
Fomentar el desarrollo integral de los departamentos fronterizos, propiciando desde el Estado, el fortalecimiento de sus organizaciones e instituciones públicas, privadas, de economía mixta y la integración con las demás regiones y países de fronteras.
Artículo 2°. Aplicación. Se pretende mejorar la calidad de vida de los habitantes de los departamentos de frontera objeto de esta ley, la igualdad socioeconómica entre ellos y el resto de nacionales, su integración con los países vecinos, y el ejercicio efectivo de una soberanía social.
Observaciones:
Archivado art. 190 de la ley 5 de 1992
Primer debate cámara
PONENTES
Coordinador(es):
Publicaciones
Ponencia Primer Debate
Acta y Fecha de anuncio Comisión Acta 08 de octubre 24 de 2018
Acta y Fecha de aprobación Comisión Acta 07 de noviembre 07 de 2018
Segundo debate cámara
PONENTES
Coordinador(es):
Publicaciones
Ponencia Segundo Debate
Acta y fecha de anuncio Plenaria Acta 069 de julio 20 de 2019
Acta y Fecha de aprobación Plenaria Acta 070 de julio 23 de 2019
Texto Definitivo Plenaria