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Imprimir Proyecto De Ley
CÓDIGO DEL TRABAJO
Estado actual:
Trámite en Comisión
Título:
Por medio de la cual se promueve una reforma laboral para el empleo formal, la formación para el trabajo y la modernización de las relaciones laborales; y se modifican el Código Sustantivo del Trabajo, las leyes 1221 de 2008, 2088 de 2021, 2121 de 2021 y dictan otras disposiciones
Comisión: Comisión proyecto de ley Comisión Séptima Constitucional Permanente
No. de proyecto:
Cámara: 256/2023C

Senado:
Legislatura: Periodo Legislativo 2023 - 2024
Origen: Origen Cámara
Fecha de radicación:
Cámara:

Senado:
Tipo: Tipo Ley Ley Ordinaria
Objeto de proyecto: La presente ley tiene por objeto promover la justicia en las relaciones que surgen entre empleadores y trabajadores, dentro de un espíritu de coordinación económica y equilibrio social, así como: a) Promover la creación de nuevos empleos y reducir la informalidad laboral. b) Proteger a los trabajadores cesantes, tanto del sector formal como informal, con la finalidad de procurar su empleabilidad. c) Establecer mecanismos tendentes a favorecer el ingreso de los jóvenes al empleo formal. d) Consagrar incentivos estatales para la generación de nuevos empleos formales y garantizar la estabilidad laboral mediante la protección del empleo. e) Actualizar el marco regulatorio de acuerdo con las necesidades de simplicidad y flexibilidad requeridas por los trabajadores y empleadores para un entorno laboral dinámico y productivo. f) Proscribir las prácticas discriminatorias, ofreciendo garantías de estabilidad. g) Establecer condiciones que permitan que los empleos se ajusten a las necesidades de horario y disponibilidad de las nuevas realidades del trabajo, armonizando el bienestar de los trabajadores. h) Crear las condiciones para la formalización del trabajo en la zona rural, en el marco del contrato y jornal agropecuario. i) Promover el diálogo social tripartito y relaciones armoniosas entre empresarios y sindicatos, mediante el respeto mutuo y la eliminación de cualquier injerencia, pública o privada, en la gobernanza de los sindicatos.
Observaciones:

Primer debate cámara

PONENTES Coordinador(es):
Publicaciones
Acumulado con el P.L. 166 de 2023 Cámara
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