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Aprobado en primer debate regulación de Vapeadores
24 Noviembre 2022

Regular la distribución, comercialización y uso de los llamados Vapeadores o cigarrillos electrónicos es el objetivo del proyecto de ley 128 de 2022 que fue aprobado en primer debate, en la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes.

 

La autora de esta iniciativa, la representante del partido de la U, Milene Jarava, enfatizó en la necesidad de sacar adelante este proyecto, que, principalmente se enfoca en desincentivar el uso de estos dispositivos, especialmente en menores de edad, quienes son los más expuestos a enfermedades y a adquirir estos hábitos de consumo.

 

“Ya la Organización Mundial de la Salud ha dicho en muchas oportunidades, que los niños y adolescentes que vapean tienen el triple de posibilidades de fumar en el futuro y es lo que nosotros debemos controlar, hoy con la aprobación en primer debate de este proyecto, enviamos un mensaje muy positivo a la ciudadanía, y es que el Congreso legisla en favor de la salud de nuestros niño, niñas y adolescentes”, dijo la representante, Jarava.

 

La congresista también destacó cifras que registra el Ministerio de Salud, en Colombia mueren cada año 34 mil 800 personas por causa de enfermedades asociadas al consumo de tabaco, dejando un promedio diario de aproximadamente 90 muertes diarias por estas causas.

 

Por eso el proyecto extiende elementos de la regulación del tabaco y sus derivados a lo Vapeadores, como por ejemplo la prohibición de la venta a menores de 18 años de edad, y del expendido y el consumo en entornos de instituciones educativas, así como una estricta regulación de su publicidad.

 

¿QUE CONTIENE EL PROYECTO?

 Extiende las prohibiciones que existen para el tabaco y sus derivados, a los Vapeadores EJ. La prohibición de su venta a menores de 18 años

 Se prohíbe la fabricación y comercialización de dulces, refrigerios, juguetes u otros objetos que tengan forma de productos de tabaco y puedan incentivar su consumo.

 Se establece la obligatoriedad de que los Vapeadores cuenten con un etiquetado donde se informe cuáles son los perjuicios y efectos de su consumo, así como la edad permitida para su compra y consumo.

 Se prohíbe el consumo de Vapeadores en los mismos lugares donde no se puede consumir cigarrillo, por ejemplo, lugares cerrados, centros comerciales, hoteles, bibliotecas, entre otros

 Se prohíbe la venta directa o indirecta de Vapeadores en un radio menor de 300 metros de universidades y colegios.

 Contempla un componente educativo, en el cual se estable que, como un componente de salud pública, las personas menores de 18 años recibir información completa y adecuada sobre los riesgos relacionados con los componentes de los productos de tabaco, sus derivados, sucedáneos o imitadores y los dispositivos necesarios para su funcionamiento.

 

Oficina de Prensa H.R Milene Jarava Teléfono 3157847055

 

 

 

 

 

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